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Ley 23 de 1981
La relacion medico-paciente es primordial en la practica medica. -
Articulo 34 de la Ley 23 de 1981
La historia clinica es el registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente -
Dcreto 3380 de 1981
El medico esta en la obligacion de transmitir el conocimiento al tiempo que ejerce la profecion, con miras a preservar la salud. -
Art 36 LEy 23 de 1981
En todos los casos la historia clinica debera diligenciarse con claridad. -
Legis Tomo XVI
El medico debe poner todo su cuidado y diligencia siempre que atienda o beneficie a los pacientes. -
Articulo 2347 del Codigo civil
El docente es el responsable de velar por el correcto desempeño de los estudiantes (Interno y Residentes) -
29 de septiembre de 1993
El Hoonrable Magistrado Carlos Gaviria de la Corte Constitucional, declaro "La historia clinica es un documento reservado" y nadie puede violar sus reservas.