Tg

El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

By Rosete
  • Tribunales Fiscales antecesores

    Tribunales Fiscales antecesores
    Antes de la promulgación de la Ley de Justicia Fiscal, existieron 3 órganos jurisdiccionales dentro de la Administración Pública: El Jurado de Infracciones Fiscales, La Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta y la Ley de Organización de Justicia en Materia Fiscal para el Departamento del Distrito Federal. Sin embargo, se trataba de órganos de justicia RETENIDA, es decir, los órganos que resuelven, tienen una dependencia estrecha con la autoridad de la que emanan los acuerdos impugnados.
  • Proyecto de Ley de Justicia Fiscal

    Proyecto de Ley de Justicia Fiscal
    Narciso Bassols, quien era Ministro de Hacienda, junto con Antonio Carrillo Flores, Alfonso Cortina Gutierrez y Manuel Sánchez Cuén, realizaron un estudio en el que se analizaron las contiendas entre particulares y la Administración Pública en materia Tributaria.
  • Entrada en vigor de la Ley de Justicia Fiscal e inicio de labores del Tribunal Fiscal de la Federación

    Entrada en vigor de la Ley de Justicia Fiscal e inicio de labores del Tribunal Fiscal de la Federación
    Con la ayuda de Narciso Bassols, el Li. Eduardo Suárez, presentó el proyecto de Ley a Lázaro Cárdenas y el 27 de agosto de 1936 fue promulgada esta Ley, entrando en vigor el 1° de enero de 1937, iniciando tambien las labores del Tribunal Fiscal de la Federación, con 15 Magistrados que podían actuar en Pleno a través de 5 salas
  • Entrada en vigor del primer Código Fiscal

    Entrada en vigor del primer Código Fiscal
    La Ley de Justicia Fiscal fue incorporada integramente al primer Código Fiscal que entró en vigor el 1° de enero de 1938, que se ocupaba del procedimiento contencioso, pero faltaba sistematizar y organizar los conceptos generales relativos a la obligación tributaria,a sus elementos y a la base oficiosa de los procedimientos respectivos.
  • Ampliación de Competencia otorgada al Tribunal Fiscal de la Federación

    Ampliación de Competencia otorgada al Tribunal Fiscal de la Federación
    La primera ampliación de competencia otorgada al Tribunal Fiscal, fue en la Ley de Depuración de Créditos, a cargo del Gobierno Federal de 1929 a 1941. A partir de esta fecha se ha ampliado la esfera de atribuciones, en todos los ambitos de la Administración Pública (imposición de multas por infracción a normas administrativas federales, créditos derivados por la aplicación de las leyes del IMSS, INFONAVIT, pensiones civiles y prestaciones a favor del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacionales)
  • Se adiciona la fracción I del 104 Constitucional consagrando constitucionalidad al Tribunal Fiscal de la Federación

    Se adiciona la fracción I del 104 Constitucional consagrando constitucionalidad al Tribunal Fiscal de la Federación
    Se instituyen Tribunales de lo contencioso administrativo, con autonomía plena para dictar sus fallos, de controversias suscitadas entre la Administración Pública y los particulares, asimismo se establecen normas para su organización y funcionamiento, el procedimiento y los recursos contra sus resoluciones.
  • Modificación a la estructura orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

    Modificación a la estructura orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
    La primera importante modificación a su estructura orgánica ocurrió con las reformas a la Ley Orgánica en el DOF, el 2 de febrero de 1978, sustituyó al pleno del Tribunal conformado por 15 Magistrados, en el DF que integraban el pleno y, a la vez salas en el DF, por una sala superior integrada por 9 magistrados revisora de las sentencias de las salas Regionale de primera instancia.
  • Segunda importante transformación de la estructura orgánica de la Sala Superior

    Segunda importante transformación de la estructura orgánica de la Sala Superior
    La segunda importante transformación fue a la estructura orgánica de la Sala Superior, modificándose la Ley orgánica para estos efectos, por reforma en el DOF del 1° de enero de 1996, integrandose por 11 Magistrados que conforman dos secciones de 5 Magistrados cada una, entre los cueles se elige al presidente del Tribunal, quien no integra Sala.
  • Conversión de Tribunal Fiscal de Justicia Administrativa a Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

    Conversión de Tribunal Fiscal de Justicia Administrativa a Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
    La reforma al artículo 11, fracción XIII, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, publicada en el DOF el 31 de diciembre del 2000, lo convirtió en Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, facultado para conocer de todas aquellas resoluciones dictadas por las autoridades administrativas que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, en los terminos de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.
  • 65 años cumplidos del Tribunal

    65 años cumplidos del Tribunal
    eN 65 AÑOS, EL TFJFA, se ha enraizado en la conciencia nacional y ha sido semilla de la que surgieron dos Tribunales Federales, Las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal Federal Agrario, el modelo de Tribunales contencioso administrativo del DF y en los demás siguientes estados de la República, Aguascalientes, Colima, Guanajuato, etc. El que mas ha seguido la línea del pensamiento Francés ha sido el Edo México, y por ultimo ha servido de modelo a varios tribunales C. Admin.
  • Desconcentración de salas de primera instancia del TFJFA

    Desconcentración de salas de primera instancia del TFJFA
    Actualmente cuenta el Tribunal con 11 salas regionales en el DF, y 23 en los distintos estados de la República. Las Salas Regionales o de primera instancia, son colegiadas, integradas por 3 Magistrados cada una.
  • Se crean 16 nuevas salas Regionales

    Se crean 16 nuevas salas Regionales
    Se crea el Juicio en línea, se impulsa la carrera jurisdiccional, se proponen reformas a la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo, para reducir el tiempo de tramitación, en al menos un 50%, se crean nuevas salas especializadas en Comercio Exterior y de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Se caracteriza por realizar justicia pronta y expedita.