Protección de datos personales.

  • Declaración universal de los derechos humanos.

    Declaración universal de los derechos humanos.
    El derecho de la protección de datos personales,
    es un derecho humano reconocido a nivel
    internacional después de la segunda guerra
    mundial, a través de la Declaración Universal de
    los Derechos Humanos de 1948.
  • Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental

     Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental
    Incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
  • Period: to

    Plan Nacional de Desarrollo

    Se prevé la necesidad de
    contar con una ley federal que garantice la
    protección de datos personales en poder de los
    particulares, tomando como base lo dispuesto
    en los principios y tratados internacionales.
  • Propuesta para reformar el art. 73

    Propuesta para reformar el art. 73
    Se presenta a la cámara de diputados el proyecto concreto para reformar el artículo 73 y legislar la ley
  • Aprobación

    La aprobación del Decreto por el
    cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales. Dicha reforma fue publicada el 20 de julio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.
  • Reunión de comisión de puntos constitucionales.

    Reunión de comisión de puntos constitucionales.
    El 12 de noviembre de 2008 se llevó a cabo
    una reunión de la Comisión de Puntos
    constitucionales del Senado de la República, en
    la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con
    una pequeña modificación en la numeración de
    la fracción añadida, la cual no implicó modificar
    el contenido del texto. Dicho dictamen fue
    aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores el 4 de diciembre de 2008, turnándose la minuta a las legislaturas de los estados, a fin de que lo votaran.
  • Primera lectura de la ley en el senado y cámara de senadores.

    El dictamen correspondiente se agendó para primera lectura el 11 de diciembre de 2008 y le fueron dispensados los trámites correspondientes. Finalmente, se discutió y aprobó en lo general y en lo particular con 340 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin modificación alguna, turnándose a las legislaturas de los estados
  • Reconocimiento pleno a la protección de datos como derecho fundamental.

    Reconocimiento pleno a la protección de datos como derecho fundamental.
    El 19 de marzo de 2009, el Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2009. El estado Mexicano reconoció el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo; asimismo, se establecieron las bases para expedir legislación que regulara el tratamiento de datos personales en posesión de particulares.
  • Sector privado.

    Sector privado.
    Al sector privado se aplica la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares (LFPDPPP).
    Esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas (El INAI garantiza su cumplimiento).
  • Complemento de información.