Notario

ANTECEDENTES DEL NOTARIADO

  • 535

    REGLAMENTACIÓN JUSTINIANEA DEL DOCUMENTO TABELEÓNICO

    REGLAMENTACIÓN JUSTINIANEA DEL DOCUMENTO TABELEÓNICO
    Regulación en las novelas XLIV y LXXIII
    Tabellio: personaje, perito en la escritura y conocedor de las leyes, al que recurrían los ciudadanos, pues el documento redactado por él proporcionaba seguridad jurídica.
  • 887

    LIBRO DEL PREFECTO

    LIBRO DEL PREFECTO
    Constitución CXV.
    Reglamenta la actividad del notario y cualidades morales e intelectuales de los aspirantes a notario.
  • 1201

    IMPARTICIÓN DE LA PRIMERA CÁTEDRA

    IMPARTICIÓN DE LA PRIMERA CÁTEDRA
    Universidad de Boloña. A cargo de Rolandino Passaggeri, Salatiel y Raneiro de Perugia sobre el arte notarial.
  • 1252

    Legislación

    Legislación
    España. El rey Alfonso X, El Sabio, recopila distintas legislaciones y concluye con la 3ra partida a la fé pública y a la actividad del escribano.
  • 1512

    Constitución Imperial sobre el Notariado

    Ciudad de Colonia. Maximiliano I de Austria,
  • Period: 1521 to

    México Colonial

    A los notarios se les denominaba "escribanos públicos" en funciones notariales.
    Escribanos de diligencias: Cuando hacian de secretarios de juzgados, actuarios, fé de las actuaciones del juez de audiencias y diligencias.
    Escribanos de hipotecas.
    Escribanos de entrada y salidas de carceles.
  • Ley del 25 Ventoso del año XI

    Ley del 25 Ventoso del año XI
    Francia. Napoleón Bonaparte. Considerada como el origen del notariado moderno.
  • Period: to

    México Independiente

    Continuoi aplicandose la legislación positiva española por disposición del "Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano del 18 de diciembre de 1822"
    Federalismo= Legislación notarial estatal
    Centralista= Disposiciones generales
  • Decreto de la Secretaría de Justicia

    Establece los requisitos para obtener título de escribano en el Distrito Federal. (Estudios y práctica suficientes, información de buena vida y costumbres, haber cursado en la academia y aprobado el examen respectivo, que haya vacante, y acreditar no haber estado nunca procesado ni acusado de delitos públicos, principalmente de falsedad.
  • Organización de los juzgados del Ramo Civil y Criminal en el Distrito Federal

    Vigencia de la legislación Castellana, un escribano público que trabajaba como secretarío al mismo tiempo en los tribunales civiles y los llamados del ramo criminal.
  • Constitución de 1836

    Con esta ley fundamental se estableció el centralismo como sistema de organización política. La legislación sobre escribanos se volvió de aplicación nacional.
  • Reglamento para el Gobierno Interior de los Tribunales Superiores

    Establecimiento de la forma de ingreso a la escribania, presentar un examen en el Colegio de Escribanos y aprobado éste, presentar uno teórico-práctico celebrado ante el Tribunal Superior.
  • Expedición de arancel

    El cobro de honorarios por la prestación de la función estuvo sujeto a este arancel.
  • Circular

    Se dictan medidas sobre la conservación y seguridad de los protocolos de los escribanos.
  • Manual del litigante instruido

    Dictaba que el oficio de escribano se podía adquirir por compra o hernencia y, además, era vendible y enajenable.
  • Bases Orgánicas de la República Mexicana

    Se adopta el sistema federal como forma de organización política, tal como se estableció en la Constitución de 1824
  • Decreto

    Forma de regular y los impuestos que debían pagar los oficios públicos vendibles y renunciables como el de escribano, los que también eran enajenables y rentables.
  • Organización de los Juzgados del Ramo Civil y Criminal del Distrito Federal

    En cada juzgado de lo civil deben estar anexos dos oficios públicos, vendibles y renunciables que atenderán los escribanos propietarios de ellos.
  • Decreto

    Sobre los oficios públicos vendibles y renunciables y el oficio de hipotecas atendidos por los escribanos y requisitos que éstos deben cumplir como matricularse.
  • Decreto

    Decreto
    Reiteran la necesidad de matricularse en el Colegio de Escribano de México, para poder ejercer dicha función.
  • Decreto

    Decreto
    Dispone que los escribanos presenten a la Corte de Justicia, un inventario de sus protocolos y da los lineamientos para su conservación y vigilancia.
  • Sobre que los escribanos practiquen por sí mismos las diligencias judiciales

  • Ley para el Arreglo de la Administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados del Fuero Común de 1853

    Los escribanos continuaron integrados al Poder Judicial.
  • Testamentos

    Testamentos
    Mediante el Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiasticos e Instrucción Pública impone a los escribanos la obligación de avisar a las autoridades de los testamentos una vez muerto el testador.
  • Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticos

    Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticos
    A partir de este ordenamiento existieron varias disposiciones que obligaban a los notarios a la vigilancia y cumplimiento de esta ley y de las de nacionalización.
  • Sistema federal como organización política

    Sistema federal como organización política
    Legislación notarial estatal
  • Ley Española

    Inspiración para legislaciones en América Latina.
  • Period: to

    Ley Orgánica del Notariado y del Oficio de Escribano

    Fue la primera ley orgánica de notarios y asume el nombre de notario y distingue su actividad con la de los secretarios y actuarios de juzgado, a los que denomina escribanos.
  • Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del Distrito Federal

    Separó la actuación del notario y la del secretarío de juzgado, sustituyó el signo por el sello de autorizar.
  • Archivo General de Notarias

    Archivo General de Notarias
    Se crea el Archivo General de Notarias; se instituyen los notarios adscritos, se exige el uso del protocolo previamente encuadernado y se le da al notario la categoria de funcionario público.
  • Ley del Notariado para el Distrito y Territotios Federales

    1. Escluyó a los testigos de la actuación notarial. Por disposición del Código Civil, sólo subsistieron los testigos instrumentales en el testamento.
    2. Estableció el examen de aspirante a notario. El jurado se integraba por cuatro notarios y un representante del Departamento del Distrito Federal.
    3. Dio al Consejo de Notarios el crácter de órgano consultivo del Departamento del Distrito Federal.
  • Ley del Notariado para el Distrito Federal

    Ley del Notariado para el Distrito Federal
    Se establece el examen de oposición como medio de acceso al notariado.
  • Ley del Notariado para el Distrito Federal

    1. El establecimiento del protocolo abierto
    2. Regula al notario como licenciado en derecho y no como funcionario público
    3. Se creó el "Libro de Registro de Cotejos" para simplificar la realización de actas de cotejos
  • Modificación a la Ley del Notariado para el Distrito Federal

    Modificación a la Ley del Notariado para el Distrito Federal
    Sustituyó la terminología "funcionario público" por "licenciado en derecho". Se establece el protocolo abierto especial para actos y contratos en que intervenga el Departamento del Distrito Federal en este mismo se pueden también asentar las actas y escrituras en que intervengan las dependencias y entidades de la administración pública federal.
  • Establecimiento del protocolo ordinario abierto

    Se formará por folios numerados y sellados que se encuadernarán en libros integrados por doscientos folios. También se creo el "Libro de Registro de Cotejos" para simplificar este tipo de actas.
  • Period: to

    Actual Ley del Notariado para el Distrito Federal

    Amplió la actividad del notario en la tramitación de las sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria.