Nata

Marco legal Farmacovigilancia y Tecnovigilancia Sonia Nathali Oviedo Jácome Pasto - Nariño

  • Period: to

    Línea del tiempo marco legal del servicio farmacéutico

    Abarca la normatividad desde 1993 hasta la fecha actual
  • Ley 100 de 1993

    Ley 100 de 1993
    El Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia, fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que este acorde con la dignidad humana, haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.
  • Decreto 677 de 1995

    Decreto 677 de 1995
    Su Objeto es reglamentar el régimen de licencias sanitarias para medicamentos y preparaciones magistrales a base de recursos naturales.Establece las condiciones para la distribución de medicamentos en condiciones especiales y también ordena el
    registro de las siguientes leyendas en todos los medicamentos:
    advertencias, contra-indicaciones, fecha de vencimiento, entre otras
  • Resolución 9455 de 2004

    Resolución 9455 de 2004
    Su propósito es que los titulares de registros sanitarios y los fabricantes a los que hace referencia la presente resolución, deben crear un programa de farmacovigilancia, del deben presentar un informe periódico al INVIMA sobre la seguridad de sus productos y notificar cualquier eventualidad con ellos.
  • Decreto 2200 de 2005

    Decreto 2200 de 2005
    por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones. Su objetivo es la selección, adquisición, recepción y almacenamiento, distribución, dispensación de medicamentos y dispositivos médicos, participación en grupos multidisciplinarios y destrucción o desnaturalización de los medicamentos.
  • Decreto 4725 de 2005

    Decreto 4725 de 2005
    Su objetivo es reglamentar el régimen de registros sanitarios, el premiso de la comercialización y vigencia de los dispositivos médicos de uso humano, teniendo en cuenta las buenas practicas para segurar la calidad de los dispositivos médicos de uso humano.
  • Ley 1122 de 2007

    Ley 1122 de 2007
    Esta ley hace algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. Esta tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con el fin de fortalecer los programas de salud pública y de las funciones de inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud.
  • Resolución 1403 de 2007

    Resolución 1403 de 2007
    Se adopta dentro del manual de condiciones esenciales y procedimientos del servicio farmacéutico la farmacovigilancia. (Cap. III) Se menciona sobre los programas institucionales de farmacovigilancia, los formatos de reporte de dichos programas, el Programa Nacional de Farmacovigilancia, tecnovigilancia y la periodicidad de los reportes.
  • Resolución 4002 de 2007

    Resolución 4002 de 2007
    se estableció que para todos los establecimientos importadores y comercializadores de los dispositivos médicos, deben cumplir con los requisitos de capacidad de almacenamiento y condicionamiento, los cuales serán establecidos por el Ministerio de la Protección Social.
  • Resolución 4816 de 2008

    Resolución 4816 de 2008
    Se reglamenta el Programa nacional de Tecnovigilancia, con el fin de proteger al paciente, operadores y todas la personas que tengan contacto con los dispositivos médicos. Desarrollar programas para dar información acerca de eventos adversos de los dispositivos médicos de uso humano.
  • Resolución 20508 de 2010

    Resolución 20508 de 2010
    La presente resolución trata de el reporte de eventos adversos asociados a la seguridad de medicamentos en investigación en seres humanos, para conocer el comportamiento de dicho medicamento y determinar si es conveniente su administración y así mantener informado al personal de salud, a las autoridades sanitarias y a la población en general.