Linea de tiempo Evolución Histórica de los Accidentes de Trabajo en Colombia

  • Primer Antecedente 1819

    El primer antecedente de Seguridad Social lo encontramos con el Libertador Simón Bolívar cuando dio su discurso ante el congreso de angostura el 15 de febrero de 1989 señaló; "El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política"
  • Ley del General Rafael Uribe Uribe

    Conocida como la Ley del General Rafael Uribe Uribe, de gran importancia en lo referente a la reglamentación de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, consagra las prestaciones económicas-asistenciales, la responsabilidad del empleador, las 13 clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo.
  • Legislación Laboral

    Se incorpora la Legislación Laboral en donde se vela por los Riesgos del Trabajo y empieza a regir la Ley.
  • Ley 53

    Se otorgó a la mujer embarazada una licencia de 8 semanas en la época del parto.
  • Ley 90 de 1946

    Se creó el Instituto Colombiano de Seguridad Social Colombiano. Funcionó bajo cuatro negocios de salud: una entidad promotora de salud (EPS) junto a la red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS) así mismo con cesantías y pensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARS).
  • Ley 2663 Código Sustantivo del Trabajo

    Se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día.
  • Acuerdo 155 1964

    El Seguro Social intentó revivir el caso fortuito o de fuerza mayor en el acuerdo 155 de 1963 donde se aprueba el Reglamento del Seguro Social obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, donde bajo la filosofía y características del modelo alemán de Seguro Social Obligatorio, el Instituto Colombiano de Seguros Sociales inicia la cobertura en riesgos profesionales para la población trabajadora de las zonas urbanas del sector formal, industrial y semiindustrial.
  • Código Sanitario Nacional

    Se reglamentó el Código Sanitario Nacional reglamentan el Régimen Laboral y Prestacional de los Empleados Públicos, Industrial, Régimen Salarial y Prestacional.
  • Ley 9 de 1979

    Nace el término Salud Ocupacional y se dictan medidas sanitarias en las empresas. “Código Sanitario Nacional”
  • Resolución 2400 de1979

    Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo
  • Decreto 586 de 1983

    Se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional, como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud Ocupacional se expide el Decreto 614 de 1984, el cual establece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional.
  • Decreto614 1984

    Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país.
  • Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional

    Se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias. Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país.
  • Resolución 02013 de Junio 6 de 1986

    Se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
    Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud en ejercicio de la facultad que les confiere el artículo 25 del Decreto 614 de 1984
  • Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989

    Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
    LOS MINISTROS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SALUD.
    En uso de sus facultades legales y en especial de las que les confieren los Artículos 28, 29 y 30 del Decreto 614 de 1984
  • Directiva del Consejo 29 de mayo de 1990

    Referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva
  • Resolución 1075 de 1002

    Por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional.
    EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo y,
    CONSIDERANDO:
    Que es de competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, establecer medidas tendientes a que el trabajo se realice dentro de condiciones apropiadas, para la conservación de la salud y el bienestar de los trabajadores.
  • Ley 100 de 1993

    Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la cobertura integral de las contingencias, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.
  • Decreto Ley 1295 de 1994

    Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
    CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
    ARTICULO 1. DEFINICION. El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan.
  • Decreto 2350 de 1994

    Puede considerarse como el punto de partida del derecho laboral moderno en Colombia, ya que establece el reconocimiento del contrato de trabajo.
  • Resolución 4059 de 1995

    El (MTEySS) expide un formato único el formato único de reporte de accidente y enfermedades profesionales.
  • Resolución 2318 DE 1996

    Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
  • Resolución 2709 de 1996

    Por el cual se expide un acto administrativo.
    RESUELVE:
    ARTICULO 1. Delegar en las Direcciones Seccionales o Locales de Salud, la función de renovar o sustituir las licencias de Salud Ocupacional que fueron otorgadas por el Ministerio de Salud de conformidad con los requisitos establecidos en los literales b, c, y e del artículo tercero y el artículo cuarto de la Resolución 18575 del 26 de Diciembre de 1989.
  • Ley 324 de 1996

    Por el cual se crean algunas normas a favor de la población sorda.
    Artículo 10º.- El Estado garantizará que los establecimientos o empresas del Orden Nacional, Departamental, Distrital y Municipal en que tenga participación, se vincule laboralmente un porcentaje de limitados auditivos. A la población sorda que no pueda ser incluida laboralmente el Estado la considerará como prioritaria para ser incluido en el Régimen Subsidiado de Seguridad Social.
  • Ley 352 de 1997

    Por la cual se reestructura el Sistema de Salud y se dictan otras disposiciones en materia de Seguridad Social para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
  • Ley 361 de 1997

    Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas en situación de discapacidad y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 378 de 1997

    Por medio de la cual se aprueba el "Convenio número 161, sobre los servicios de salud en el trabajo" adoptado por la 71 Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, Ginebra, 1985
    Teniendo en cuenta que la protección de los trabajadores contra las enfermedades, sean o no profesionales, y contra los accidentes del trabajo constituye una de las tareas asignadas a la Organización Internacional del Trabajo por su Constitución;
  • Ley 436 de 1998

    Por medio de la cual se aprueba el Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad", adoptado en la 72a. Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, Ginebra 1986.
  • Ley1562 de 2002

    Este nuevo decreto redefine el concepto de accidente de trabajo y es el concepto que hasta la fecha prima sobre todos los demás derogando su aplicabilidad y vigencia. Incluye conceptos de perturbación psiquiátrica, transporte a cargo del empleador, actividades recreativas y lúdicas, actividad sindical.
  • Ley 776 de 2002

    ARTÍCULO 1. DERECHO A LAS PRESTACIONES. Todo afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales que, en los términos de la presente ley o del Decreto-ley 1295 de 1994, sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, o como consecuencia de ellos se incapacite, se invalide o muera, tendrá derecho a que este Sistema General le preste los servicios asistenciales y le reconozca las prestaciones económicas a los que se refieren el Decreto-ley 1295 de 1994 y la presente ley.
  • Ley 789 de 2002

    Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social, se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo. Importante en Salud Ocupacional porque incorpora a los estudiantes al Sistema General de Riesgos Profesionales.
  • Decisión Número 584 de 2004

    Ministerio de la Protección Social es entonces cuando el 20 de junio de 2007 a través de un comunicado de prensa prescribe que la Definición de Accidente de Trabajo será la determinada en la Decisión Número 584 de 2004 de la comunidad Andina de Naciones.
  • Ley 1010 de 2006

    Por la cual se definen, previenen, corrigen y sancionan las diversas formas de agresión, maltrato, vejamenes, trato ofensivo y desconsiderado y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejerce sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública .
  • Sentencia c-858

    La honorable Corte Constitucional, declaró inexequible la definición de Accidente de Trabajo contenido en el Decreto 1295 de 1994, al considerar que el Presidente de la República se excedió en el uso de las facultades extraordinarias conferidas por el legislador a través del artículo numeral 11 artículo 139 de la Ley 100 de 1993, al definir en los artículos 9 y 10 del Decreto 1295 de 1994, que constituye y que no, accidente de trabajo.
  • Ministerio de la Protección Social

    Es entonces cuando el 20 de junio de 2007 el ministerio de la protección social, a través de un comunicado de prensa prescribe que la definición de accidente de trabajo será la determinada en la Decisión Número 584 de 2004 de la comunidad Andina de Naciones.
  • Resolución 2346 de 2007

    La presente resolución se aplica a todos los empleadores, empresas públicas o privadas, contratistas, subcontratistas, entidades administradoras de riesgos profesionales, personas naturales y jurídicas prestadoras o proveedoras de servicios de salud ocupacional, entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de servicios de salud y trabajadores independientes del territorio nacional.
  • Resolución No. 2844 de 2007

    Por la cual se adoptan las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional Basadas en la Evidencia. El Ministro de la Protección Social, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el literal a) del artículo 83 de la Ley 9ª de 1979 y los numerales 6 y 12 del artículo 2° del Decreto 205 de 2003.
  • Resolución 2646 del 17 julio 2008

    Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención, y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
  • Ley 1438 de 2011

    Fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud a través de un modelo de prestación del servicio público en salud que en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable, que brinde servidos de mayor calidad, induyente y equitativo, donde el centro y objetivo detodos los esfuerzos seanl os residentes en el país.
  • Ley 1562 de 2012

    Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional
    ARTÍCULO 3o. ACCIDENTE DE TRABAJO. Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
  • Decreto 1072 de 2015

    Artículo 2.2.4.1.6. Accidente de trabajo y enfermedad laboral con muerte del trabajador. Cuando un trabajador fallezca como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad laboral, el empleador deberá adelantar, junto con el comité paritario
    de seguridad y salud en el trabajo, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la ocurrencia de la muerte,
    una investigación encaminada a determinar las causas del evento y remitirlo a la Administradora correspondiente.
  • Resolución 1111 de 2017 – Estándares Mínimos del SG-SST

    Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y contratantes.
  • Integrantes

    ACTIVIDAD 1
    LÍNEA DE TIEMPO DE LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO EN COLOMBIA GOMEZ GUERRERO, Judy Andrea
    IBANEZ GUERRERO, José Oswaldo
    MORA MORALES, Francy Juleisis
    ROJAS SUAREZ, Fredy Antonio Tutor:
    Diego Armando GAITAN MACETO
    Investigación de Accidentes de Trabajo
    NRC 2973 Corporación Universitaria Minuto De Dios
    Facultad Ciencias Empresariales
    Administración en Salud Ocupacional
    Colombia, Bogotá D.C.
    2018