Historia de la Etnoeducación

  • 1564

    Venero de Leiva, presidente de la Nueva Granada

    Siguiendo la real cédula, instaló centros de enseñanza para hijos de caciques e indios principales, con la disposición de apartarlos completamente de sus comunidades
  • 1580

    Felipe II

    Se implementa la cátedra de lenguas indígenas que continuó con el incesante desmedro de la autonomía de las etnias
  • Ley 30 sobre Educación Indígena

    En las que se encontraron “limitaciones conceptuales y no se fijaron criterios que permitieran proyectar una verdadera política educativa para las comunidades indígenas”.
  • Constitución de 1886

    Es necesario aclarar que en esa constitución no existen en el territorio de la República de Colombia pueblos con particularidades históricas y lingüísticas; es decir, para esta Constitución no existen los pueblos indígenas
  • La educación contratada

    Si buscamos comprender la evolución de la política educativa del Estado colombiano para los pueblos y comunidades indígenas, es necesario remontarnos a los tiempos en que la administración de la educación era realizada por las misiones católicas o, en otros términos, a "la educación contratada" que nació de la aplicación del Concordato que el Estado colombiano firmó con la Santa Sede ( luego renovado en 1973).
  • Educación en función de los preceptos de la Iglesia católica

    En ella se prestó particular interés a la evangelización y a una educación en función de los preceptos de la Iglesia católica. Esta política, y la de los internados escolares (iniciada en los primeros 25 años del siglo XX) tenía como objetivo central el ingreso de los indígenas al "mundo civilizado", tal como quedó estipulado en la Ley 89 de 1890, "Por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada".
  • Ley Poder a la autoridad eclesiástica (católica)

    En donde se confiere poder a la autoridad eclesiástica (católica) que en su artículo 1 decía: "...En consecuencia el Gobierno, de acuerdo con la autoridad eclesiástica, determinará la manera como esas incipientes sociedades deban ser gobernadas" y más adelante en el artículo 40 encontramos que los indígenas son "...asimilados por la presente Ley a la condición de menores de edad...".
  • El Estado delegó a la iglesia la educación de las etnias

    Labor que desarrollaron aplicando metodologías católicas con libertad y autonomía hasta finales del siglo XX. Por esta época se inician las luchas indígenas por reivindicar su derecho a una educación propia , una escuela indígena, teniendo como adalid a Quintín Lame, voz rebelde que condujo la confrontación de acuerdo con la cosmovisión amerindia.
  • Decreto Ley 088 de 1976

    Cuando el Ministerio de Educación Nacional produce el Decreto Ley 088 de 1976, se da una mirada a la realidad escolar en algunas comunidades indígenas que más tarde se concreta en el Decreto 1142 de 1978.
  • Decreto 1142

    Cuando se expidió el decreto 1142, se sentaron por primera vez las bases para definir los programas educativos que respetaran las diferentes culturas indígenas y que permitieran su real participación en el proceso educativo.
  • Resolución 3454

    En la década de los ochenta el Ministerio de Educación constituye el grupo de Etnoeducación (Resolución 3454 de 1984) que basa su trabajo en los planteamientos desarrollados por Guillermo Bonfil Batalla sobre Etnodesarrollo y la Etnoeducación como corolario
  • Balance y prospectivas de la Etnoeducación

    Las organizaciones indígenas que habían iniciados procesos de educación propia realizan un encuentro con el fin de hacer un balance y prospectivas de la Etnoeducación.
  • Convenio 169 de 1989

    Vale la pena recordar la trascendencia del Convenio 169 de 1989 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT (aprobado en Colombia mediante Ley 21 del 4 de marzo de 1991), el cual constituye un hito importante en la última década en materia de reconocimiento de los pueblos indígenas como dueños de sí mismos y sujetos activos en la definición de sus planes de vida.
  • La Constitución de Colombia

    En ella se señala que “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana” y que “los integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural” .
  • La Constitución Colombiana y en la nueva Carta Magna

    Se reconoce que Colombia es un país plurilingüe y multicultural y se consagran derechos fundamentales relacionados con la diversidad cultural y lingüística, la identidad, la participación y la autonomía
  • Ley 21 "por medio de la cual se aprueba el Convenio número 169

    En marzo 4 de 1991 se dicta la Ley 21 "por medio de la cual se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes adoptado en la 76a. reunión de la Conferencia General de la OIT, Ginebra, 1989" y allí se reconocen muchas de las aspiraciones de los pueblos indígenas.
  • Decreto 2127

    Este grupo de trabajo logra tal desarrollo que en 1992 (Decreto 2127) se establece como División de Etnoeducación del Ministerio de Educación Nacional.
  • Año Internacional de los Pueblos Indígenas

    la Organización de las Naciones Unidas declaró ese año como el "Año Internacional de los Pueblos Indígenas" y que se dio inicio, en 1994, a la Década Internacional de los Pueblos Indígenas"; en este momento está en discusión la creación del "Foro Permanente para los Pueblos Indígenas".
  • Ley 115 conocida como "Ley general de educación"

    En ella se establecen criterios para la educación ofrecida a los pueblos indígenas. Esta Ley es reglamentada por el Decreto 804 de 1995.
  • Decreto 804 de 1995

    En el cual establece que “La educación para grupos étnicos hace parte del servicio educativo y se sustenta en un compromiso de elaboración colectiva, en el que los distintos miembros de la comunidad en general, intercambian saberes y vivencias con miras a mantener, recrear y desarrollar un proyecto global de vida de acuerdo con su cultura, su lengua, sus tradiciones y sus fueros propios y autóctonos” .
  • MEN, 1996:25

    Así, “en las décadas del 70 y 80 las luchas indígenas consiguen que sus exigencias de una educación propia quede reconocida y plasmada en la legislación”