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Revisión Histórica del Sistema Constitucional Mexicano

  • Constitución de Cádiz

    Constitución de Cádiz
    Primera Constitución española liberal, pone límites al poder monárquico y establece la igualdad entre españoles y peninsulares.
    Decreta la Soberanía Nacional emanada de los ciudadanos y sus instituciones.
    La forma de Gobierno es una Monarquía limitada por el Poder Legislativo de las Cortes electas democráticamente, conformadas por diputados de todas las provincias.
    Crea la figura política de los cabildos.
    Establece un federalismo.
    Existe una junta de gobierno en ausencia del Rey.
  • Constitución de Cádiz (2)

    Constitución de Cádiz (2)
    Su principio es la destrucción de las ideas absolutistas y reemplazarlas por ideas liberales producto de la ilustración. Propone la adopción del sistema representativo para la elección de Diputados de las Cortes. Establece la doctrina de la separación de poderes independientes. Establece el principio de legalidad y el deber de la nación española de proteger la libertad, la propiedad y demás derechos individuales. Su pensamiento primordial es el Racionalismo Ius naturalista de la ilustración
  • Constitución de Cádiz (3)

    Constitución de Cádiz (3)
    Se establecen los principios del Juez natural, libertad de prensa, supresión de señoríos jurisdiccionales, abolición de la tortura, indemnización por expropiación, abolición de la inquisición. Se puede observar la Teoría de Montesquieu concebida como un sistema de frenos y contrapesos tendientes a evitar que cualquier órgano de poder prevalezca sobre los demás (separación). Establece que la potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
  • Constitución de Cádiz (4)

    Constitución de Cádiz (4)
    Así mismo, establece la inmunidad de los diputados, determinación de las facultades de las Cortes y del Rey, prohibición al Rey de imponer contribuciones, independencia del poder judicial
  • Los Sentimientos de la Nación.

    Los Sentimientos de la Nación.
    La soberanía dimana inmediatamente del pueblo depositándose en el congreso que representa a las provincias.
    Establece la separación de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial).
    Establece el Derecho del trabajo para americanos, la propiedad privada y su resguardo.
    Proscribe la esclavitud y la tortura.
    Establece la regulación de impuestos.
    Establece que la ley es superior a todo hombre y el principio de igualdad jurídica.
    La religión será católica.
  • Constitución de Apatzingan

    Constitución de Apatzingan
    Impulsora del liberalismo radical.
    El nombre del nuevo Estado es México.
    La soberanía reside originalmente en el pueblo y su ejercicio está en los diputados electos por los ciudadanos.
    La soberanía es imprescriptible, inalienable e indivisible y la sustitución del gobierno. Separación de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial). Establece un gobierno Nacional centralizado con el congreso a la cabeza y supeditándose el Supremo Gobierno y el Supremo Tribunal. Religión católica.
  • Constitución de Apatzingan 1814 (2)

    Constitución de Apatzingan 1814 (2)
    Adopta el sistema de elección indirecta, establece la supremacía de la constitución. Está influenciada por el pensamiento francés y el pensamiento de Cádiz. Todas las instituciones se fundan en la soberanía popular. La Nación mexicana se declara soberana. Se define la soberanía como “la facultad de dictar leyes y de establecer la forma de gobierno que más convenga a los intereses de la sociedad y por su naturaleza es imprescriptible, inalienable e indivisible
  • Constitución de Apatzingan 3

    Constitución de Apatzingan 3
    Establece que, el gobierno se instituye para la protección y seguridad general de todos los ciudadanos, unidos voluntariamente en sociedad y que por tanto los ciudadanos tienen el derecho incontestable a establecer el gobierno que más les convenga, modificarlo y abolirlo totalmente cuando su felicidad lo requiera. Se exige el respeto de la soberanía de la nación por los países del exterior, Establece la superioridad de la ley para gobernantes y gobernados.
  • Constitución de Apatzingan (4)

    Constitución de Apatzingan (4)
    Se otorga el derecho de voto. Se establece un gobierno nacional centralizado y el congreso es el órgano supremo supeditando los otros dos poderes (supremo gobierno y supremo tribunal). Se expresan los fines del Estado: Artículo 24: “la felicidad del pueblo y de cada uno de sus ciudadanos consiste en el goce de la igualdad, seguridad, propiedad y libertad. La íntegra conservación de estos derechos es el objeto de la institución de los gobiernos, y el único fin de las avocaciones políticas”.
  • Plan de Iguala

    Plan de Iguala
    Principios Jurídicos y Sociales que se Contienen.
    Intolerancia religiosa, sólo la religión católica se debe profesar.
    El gobierno será sostenido por el ejército de las Tres Garantías.
    No hace distinción de raza.
    Respeto a la propiedad que serán protegidas por el gobierno.
    Instauración de un gobierno monárquico moderado templado por una Constitución.
    Declara emperador a Fernando VII.
     Aspectos de Trascendencia para la Organización Política, Social y Económica del Estado Mexicano
  • Tratados de Córdoba

    Tratados de Córdoba
    Fernando VII gobernará a través de una Junta Provisional Gubernativa.
    El poder ejecutivo reside en la regencia, el legislativo en las Cortes.
    Instauración de un gobierno monárquico constitucional moderado. 
    Declara a la nación como soberana e independiente, la llama Imperio Mexicano.
  • Acta constitutiva de la federación mexicana

    Acta constitutiva de la federación mexicana
    Se impone la religión católica y los fueros militar y eclesiástico.
    Se regiría provisionalmente al país.
    Las partes integrantes de la república serían Estados independientes, libres y soberanos en la administración y gobierno interior.
    El país adopta una república, representativa popular y federal.
  • Constitución de 1824

    Constitución de 1824
    Es la primera Constitución propiamente mexicana, descartando todo tipo de legislación extranjera y se proclama el ejercicio absoluto de la soberanía, libertad de escribir y publicar ideas políticas, congreso integrado por cámara de Diputados y Senadores, el Ejecutivo con una sola persona y un Vicepresidente. establece que la Nación mexicana es para siempre libre e independiente del gobierno español y de cualquier otra potencia. Marca a perpetuidad la religión católica.
  • Constitución 1824 (2)

    Constitución 1824 (2)
    Promulgada el 4 de Octubre de 1824.
    Establece que la Nación mexicana adopta para su gobierno la forma de República representativa, popular y federal; dividiendo el supremo poder de la federación en tres (que ya conocemos con la misma estructura). Establece un régimen de responsabilidad para los transgresores a la constitución mediante el juramento del servidor público y leyes para su sanción. Establece la división de poderes en los Estados de la república. Contiene los D.H. dispersos
  • Constitución 1824 (3)

    Constitución 1824 (3)
    Promulgada el 4 de octubre de 1824.
    Se buscó un balance político federación-estados que finalmente se inclinó hacia estos últimos: Los senadores, el presidente, el vicepresidente y los miembros de la Suprema Corte de Justicia debían su elección a las legislaturas estatales; la zona de autonomía legislativa y de facultades de estas últimas era muy amplia, entre otras la elección del presidente que resultaba de la mayoría de los votos emitidos y del vicepresidente, quien le siguiera en la votación
  • Siete leyes

    Siete leyes
    Las Siete Leyes no hacen referencia a la soberanía, por su carácter oligárquico, el derecho de voto queda condicionado a un ingreso mínimo o a requisitos de propiedad, así como para los cargos públicos. El sistema de integración de los poderes, la Cámara de Diputados y las Juntas Departamentales provienen de la elección, en favor de los conservadores por los requisitos de fortuna. Los demás órganos, a partir de estos dos, se integran por designaciones entre ellos mismos.
  • Las siete leyes Constitucionales

    Las siete leyes Constitucionales
    Con Santa Anna en la presidencia por segunda ocasión, el Congreso, de mayoría conservadora centralista, inició la elaboración de bases para una nueva Constitución, conocida como Las Siete Leyes que pondría Fin al sistema federal.
    Las Siete Leyes establecían una república centralista, donde se mantenía el carácter representativo y popular.
  • Las siete leyes constitucionales (Primera Ley)

    Las siete leyes constitucionales (Primera Ley)
    Promulgadas el 30 de diciembre de 1836.
    La Primera Ley, por primera vez consagraba los derechos y obligaciones de los mexicanos; derechos entre los que figuran:
    No poder ser apresado sino por mandamiento de un juez competente; no poder ser privado de una propiedad ni del libre uso y aprovechamiento de ella, ni en todo ni en parte; no poderse catear la casa o los papeles de uno.
  • Las siete leyes constitucionales (primera Ley) 2

    Las siete leyes constitucionales (primera Ley) 2
    No poder ser juzgado ni sentenciado por comisión ni por otros tribunales que los establecidos por la Constitución; no poderse impedir la traslación de personas y bienes a otro país; poder imprimir y circular, sin necesidad de previa censura, ideas políticas. El derecho de ciudadanía se otorga sólo a quienes alcanzan un determinado ingreso anual.
  • Las siete leyes constitucionales (segunda Ley) 2

    Las siete leyes constitucionales (segunda Ley) 2
    Estableció un Cuarto Poder: el Supremo Poder Conservador. Este nuevo poder tenía como función regular los actos de los otros poderes, cuidar de que las leyes fueran observadas exactamente, declarar cuando alguno de ellos quebrantara la Constitución o se excediera en sus facultades y declarar cuál era la voluntad nacional en los casos extraordinarios que pudieran ocurrir.
  • Las siete leyes constitucionales (tercera ley)

    Las siete leyes constitucionales (tercera ley)
    Promulgadas el 30 de diciembre de 1836.
    Disponía que el Poder Legislativo se depositara en el Congreso General de la Unión, compuesto de dos cámaras: la de diputados y la de senadores.
    Todas las leyes se iniciarían en la Cámara de Diputados y el Senado se convertía en una cámara revisora que no podía hacer alteraciones o modificaciones a los proyectos de ley, sino sólo aprobar o desaprobar.
  • Las siete leyes constitucionales (Cuarta ley)

    Las siete leyes constitucionales (Cuarta ley)
    Promulgada el 30 de diciembre de 1836.
    Organizaba al Poder Ejecutivo. Éste se depositaba en el presidente de la República, a quien se le otorgaban más atribuciones que en la Constitución del 24, aumentando restricciones.
    Se suprime la vicepresidencia.
    El Consejo de Gobierno, sería un organismo permanente, formado por 13 personas a perpetuidad. La función del Consejo era asesorar al presidente, y ciertas atribuciones del Ejecutivo sólo tenían validez con la anuencia del Consejo.
  • Las siete leyes constitucionales (quinta ley)

    Las siete leyes constitucionales (quinta ley)
    Promulgada el 30 de diciembre de 1836.
    Organizaba el Poder Judicial. Ésta presentaba una Suprema Corte de Justicia más fortalecida y con más atribuciones que la del 24.
    La Suprema Corte también se erigía en corte marcial para conocer de la segunda y tercera instancias de los negocios civiles de los comandantes generales de los departamentos, de sus causas criminales por todas sus instancias, y en segunda y tercera de los negocios y causas pertenecientes a todos los individuos del fuero militar.
  • Las siete leyes constitucionales (Sexta ley)

    Las siete leyes constitucionales (Sexta ley)
    crea departamentos en lugar de los estados a cargo de gobernadores propuestos por las juntas departamentales. Las facultades de las juntas locales son considerables, lo que muestra el arraigo que, desde su creación por la Constitución de Cádiz, habían alcanzado las instituciones locales que el federalismo reconocía.
  • Las siete leyes constitucionales (Séptima Ley)

    Las siete leyes constitucionales (Séptima Ley)
    Sobre variaciones a las leyes constitucionales, estipulaba que en seis años no se podría hacer cambio alguno en los preceptos constitucionales. Permitió al Congreso la posibilidad de resolver las dudas que suscitara la interpretación de normas constitucionales
  • Bases orgánicas de 1841

    Bases orgánicas de 1841
    También llamadas de Tacubaya, Mariano Paredes y Arrillaga, Antonio López de Santa Ana y Gabriel Valencia; el 28 de septiembre de 1841 firmaron las bases de Tacubaya, cuyo objeto era deponer al presidente y a los cuatro poderes de su gobierno.
  • Bases Orgánicas de Los Estados Unidos Mexicanos

    Bases Orgánicas de Los Estados Unidos Mexicanos
    Está norma fue de corte centralista, suprimió el supremo poder conservador, se instauro la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta. La ciudadanía se condiciona a la percepción de una renta anual. Sobre esa base se establecen asambleas departamentales; las provincias son ahora departamentos a cargo de gobernadores nombrados por el Ejecutivo Nacional a propuesta de dichas asambleas. El Supremo Poder Ejecutivo se deposita en un presidente, que goza de un veto extraordinario.
  • Bases Orgánicas 1843 (2)

    Bases Orgánicas 1843 (2)
    El Presidente tiene autoridad sobre el Poder Judicial, facultades legislativas extraordinarias para la organización de los departamentos y para resolver conflictos entre los órganos departamentales. Contempla la configuración de un colegio electoral, dividido en varios tipos de juntas. Dos tercios de senadores se elegirían por las asambleas departamentales, cinco habrían de representar a cada una de las clases sociales y los demás electos por una lista por la cámara baja.
  • Acta constitutiva de reformas

    Acta constitutiva de reformas
    El acta constitutiva y la Constitución federal sancionadas en 31 de enero y 24 de octubre de 1824, forman la única Constitución política de la República.
    A la edad de 20 años se es ciudadano mexicano
    Derecho de los ciudadanos de votar en las elecciones.
    Los derechos de ser ciudadano se suspenden por ser ebrios consuetudinarios o vagos.
    Por cada cincuenta mil almas, o por una fracción que pase de veinticinco mil, se elegirá un diputado al congreso general.
  • Acta constitutiva de reformas (2)

    Acta constitutiva de reformas (2)
    Además de los senadores que cada Estado elija, habrá un número igual al de los Estados, electo a propuesta del senado, de la suprema corte de justicia y de la cámara de diputados, votando por diputaciones.
    Se derogan los artículos de la constitución que establecieron el cargo de vice-presidente de la República.
  • Acta de Reformas 1847

    Acta de Reformas 1847
    Agrega el Juicio de amparo, el sufragio universal, control de régimen de competencia, se otorga el derecho de participación a los habitantes del D.F.
  • Constitución de 1857

    Constitución de 1857
    Estuvo en vigor de 1857 a 1917; de corte liberal, establecía el federalismo, la abolición de la esclavitud, la defensa de las ideas y libertad de imprenta, se establecía la religión católica como oficial.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos decreta que entran al dominio de la nación todos los bienes que el clero secular y regular ha estado administrando con diversos títulos, sea cual fuere la clase de predios, derechos y acciones en que consistan, declara que habrá independencia entre los negocios del Estado y los negocios puramente eclesiásticos. El gobierno se limitará a proteger con su autoridad el culto público de la religión católica, así como el de cualquiera otra.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Ley de Matrimonio Civil, declara que El matrimonio es un contrato civil que se contrae lícita y válidamente ante la autoridad civil. Para su validez bastará que los contrayentes, previas las formalidades que establece esta ley, se presenten ante aquélla y expresen libremente la voluntad que tienen de unirse en matrimonio.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Ley Orgánica del Registro Civil. Se establecen en toda la República funcionarios que se llamarán Jueces del estado civil y que tendrán a su cargo la averiguación y modo de hacer constar el estado civil de todos los mexicanos y extranjeros residentes en el territorio nacional por cuanto concierne a su nacimiento, adopción, arrogación, reconocimiento, matrimonio y fallecimiento.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Decreto que declara que cesa toda intervención del clero en los cementerios y camposantos, quedando los lugares respectivos bajo jurisdicción civil.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Decreto que declara qué días deben tenerse como festivos y prohíbe la asistencia oficial a las funciones de la Iglesia. Declara que dejan de ser días festivos, para el efecto del cierre de tribunales, oficinas y comercios, todos los no comprendidos en: los domingos, el día de año nuevo, el jueves y viernes de la Semana Mayor, el jueves de Corpus, el 16 de septiembre, el 1º y 2 de noviembre, y los días 12 y 24 de diciembre.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Ley sobre Libertad de Cultos, señala que Las leyes protegen el ejercicio del culto católico y de los demás que se establezcan en el país, como la expresión y efecto de la libertad religiosa, que siendo un derecho natural del hombre, no tiene ni puede tener más límites que el derecho de terceros y las exigencias del orden público. En todo lo demás, la independencia entre el Estado por una parte, y las creencias y prácticas religiosas por otra.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Decreto por el que quedan secularizados los hospitales y establecimientos de beneficencia, que hasta la fecha habían administrado las autoridades y corporaciones eclesiásticas
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Decreto por el que se extinguen en toda la República las comunidades de religiosas. Quedan extinguidas en toda la República las comunidades de señoras religiosas, pero dicha extinción no comprende a las Hermanas de la Caridad, pues, aparte de no hacer vida en común, están consagradas al servicio de la humanidad doliente.
  • Constitución de 1917

    Constitución de 1917
    Fue promulgada en Querétaro tomando como base la Constitución de 1857, pero se añadieron las demandas que dieron origen a la revolución Mexicana como la cuestión agraria, obrera, educación obligatoria y gratuita. De marcado nacionalismo, considera la propiedad privada de los recursos naturales, establece la educación laica racional y gratuita, se crean tribunales obreros; establece el sistema penitenciario, propone la creación del banco central único. Nacen los departamentos administrativos.
  • Constitución 1917

    Constitución 1917
    Los departamentos son el precedente de las secretarías de Estado. Se crea la Secretaría del Trabajo y Marina, Se establece el Perfil de Juzgador como una persona letrada en ciencia del Derecho y con sentido de justicia. Establece el fuero presidencial durante la ejecución de su mandato.
  • Bibliografía

    Bibliografía
    Documento: Cassagne, Juan Carlos. El bicentenario de la Constitución de Cádiz y su proyección en Iberoamérica. Recuperado de http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3078/10.pdf el 27 de noviembre de 2012
    presentación en prezi Revisión Histórica del Sistema Constitucional Mexicano,
    Discutamos México: La Constitución de 1824 y las Constituciones Centralistas. Canal 11.
    Museo de las Constituciones http://museodelasconstituciones.unam.mx/Museo/index.php
  • Alumnos

    Alumnos
    Cruz Izquierdo María Magdalena 201526786
    Hernández Rendón Rafael 201512521