Recorrido histórico AENE

By MarcosM
  • Jan 1, 1500

    Edad Media

    En esta época, las personas con discapacidad eran apartadas de la sociedad e incluso eliminadas por la creencia de que eran un castigo de Dios a la familia por haber cometido algún tipo de pecado.
  • Escuela Real

    Carlos IV crea una escuela considerada como la primera escuela de sordomudos, que fue seguida por otra en Barcelona y la autorización para la enseñanza de ciegos en una sección del Colegio Nacional de Sordomudos (1835).
  • Ley de Claudio Moyano

    Esta primera ley educativa en España obliga a los sordomudos y ciegos a recibir enseñanza desde los 6 a los 9 años.
  • Patronato Nacional de Sordomudos, Ciegos y Anormales

    Este Patronato se dividirá en tres secciones:
    - Sordomudos;
    - Ciegos;
    -Anormales.
  • Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.

    En el capítulo 7 del título primero de la LGE: https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1970-852, se describe el concepto de Educación Especial. En este se menciona:
    - preparación para deficientes e inadaptados en centros especiales.
    - especial prestación a superdotados.
    - se adaptará el currículo a sus necesidades y a su edad.
    - sistema de educación especial paralelo al ordinario.
  • Instituto Nacional de Educación Especial

    Vela por el funcionamiento y ordenación de la educación de los alumnos con necesidades especiales. Los programas son específicos a este tipo de alumnado. En 1978 creará el Plan Nacional de Educación Especial.
  • Constitución Española

    En la Constitución Española https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229 se menciona que todos tienen derecho a la educación y que el objetivo de la educación es desarrollar la personalidad humana respetando los principios de convivencia, así como los derechos y libertades fundamentales. Además se tratará la rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos que requieran atención especializada.
  • Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Andalucía

    En el artículo 12 del Estatuto de Autonomía de Andalucía https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1982-633 se reconoce el acceso de TODOS los andaluces a los niveles educativos y culturales que permitan su realización personal y social.
  • Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos

    Varios artículos de esta ley (23-31) inciden en el hecho de que las personas con discpacidad deben estar integradas en la sociedad recibiendo los apoyos necesarios.
  • Real Decreto 334/1985

    En este Real Decreto se desarrolla la ordenación de la Educación Especial. En este se proponen medidas para integrar a los alumnos y alumnas con discapacidad en el sistema educativo general.
  • Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo

    En la LOGSE https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1990-24172, aparece un capítulo dedicado a la educación especial. Aquí se menciona que se deberá atender a aquellos estudiantes con necesidades especiales desde el momento en que se diagnostique que tienen una. Esta atención se les dará, si se tienen los medios necesarios, en un centro educativo ordinario. Por tanto, pasa de ser considerado como un déficit a una atención a la diversidad y se favorece la integración.
  • Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes.

    Define qué es el alumnado con necesidades educativas especiales, que son aquellos que requieran, en un periodo de escolarización o a lo largo de toda la ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas por padecer discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, por manifestar trastornos graves de conducta, por estar en situaciones sociales o culturales desfavorecidas.
  • Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación

    La Ley 9/1999 https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-24195 se creó para compensar las desigualdades sociales y asegurar la igualdad de oportunidades del alumnado con necesidades educativas especiales (ANEE), basándose en los principios de normalización e integración social.
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

    Enla LOE (https://www.boe.es/buscar/pdf/2006/BOE-A-2006-7899-consolidado.pdf) se desarrolla lo mencionado desde el principio de la ley: la atención a la diversidad como principio fundamental de la educación según lo establecido en la Constitución. A diferencia de la educación primaria, en la educación secundaria obligatoria se busca unir a los estudiantes con necesidades especiales y los que no la tienen adaptando el currículo a las necesidades específicas del alumno.
  • Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

    UNICEF creó la Convención para que los países del mundo reconocieran los derechos de las personas con discapacidad (https://www.boe.es/boe/dias/2008/04/21/pdfs/A20648-20659.pdf). Entre las personas con discapacidad se le da especial importancia a los niños y niñas.
  • Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía

    La LEA (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2007/252/1) pone el foco de atención en la atención a la diversidad, la detección temprana de las dificultades del alumno y establecer una relación de cooperación con la familia para educar de la mejor forma al alumno.
  • Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre

    En el Real Decreto (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1635-2009.html) se regulan la admisión de los alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.
  • Ley 26/2011, de 1 de agosto, de Adaptación Normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

    Se acomoda la ley a lo dispuesto en el año 2006 en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en Nueva York.
  • Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

    En este Real Decreto se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
  • Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa

    En la LOMCE (https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-12886-consolidado.pdf) se añade a lo establecido en la LOE posibilidades de cooperación entre centros y creación de redes de apoyo y aprendizaje compartido.
  • Instrucciones de 8 de marzo de 2017

    Instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se actualiza el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa.
  • Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía

    La ley (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/191/1) busca garantizar los derechos de las personas con discapacidad a través de la igualdad de oportunidades, la inclusión en la sociedad, la protección por parte de las autoridades públicas y el establecimiento de sanciones.
  • Orden de 8 de mayo de 2018

    La Orden de 8 de mayo de 2018, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de adicciones, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para el ejercicio 2018.