Marco legal Farmacovigilancia y Tecnovigilancia-Claudia Enery Benitez Gasca-Dabeiba Antioquia
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Decreto 1843 de 1991
El control y la vigilancia epidemiológica en el uso y manejo de plaguicidas, deberá efectuarse con el objeto de
evitar que afecten la salud de la comunidad, la sanidad animal y vegetal o causen deterioro del
ambiente. -
Period: to
: Marco legal Farmacovigilancia y Tecnovigilancia
Abarca toda la normatividad desde el 1993 hasta la fecha actual -
Decreto 1290 de 1994
Según el cual el INVIMA debe impulsar y dirigir en todo el país las funciones publicas de control de calidad, vigilancia sanitaria y vigilancia epidemiologica de los resultados y efectos adversos de los productos de su competencia. -
Decreto 677 de 1995
Según el cual el INVIMA reglamentara todo lo referente a los reportes, contenido y periodicidad, que deban presentar los titulares de registros sanitarios, laboratorios farmacéuticos y establecimientos fabricantes de productos de que trata el presente decreto a las autoridades delegadas. EL INVIMA recibirá procesara y analizara la información recibida, la cual sera utilizada para la definición de sus programas de vigilancia y control. -
Decreto 2309 de 2002
Según el cual las instituciones asistenciales deben tener las condiciones de capacidad tecnológica y científica que les permitan reducir los principales riesgos que amenazan la vida o la salud. -
Resolución 1439 de 2002
se deben llevar a cabo procesos de evaluación y seguimiento de los riesgos inherentes al tipo de servicio que presta, en los que se deben incluir complicaciones terapéuticas, especialmente medicamentosa y transformacionales; complicaciones derivadas de la falta de efectividad de las intervenciones de protección especifica y detección temprana. -
Decreto 2200 de 2005
Se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones , dirigido a los prestadores de servicios de la salud incluidos a los que operan en los regímenes de excepción contemplados en el Art, 279 de la Ley 100 de 1993. a todo establecimiento farmacéutico donde se almacenan, comercializan, distribuyan o dispensen medicamentos o equipos médicos -
Decreto 4725 del 2005
Por el cual se reglamenta el régimen de registros sanitarios, permiso de comercialización y vigilancia sanitaria de los dispositivos médicos para uso humano. -
Resolución 1043 de 2006
Por la cual se establecen las condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de
Salud para habilitar sus servicios e implementar el componente de auditoria para el
mejoramiento de la calidad de la atención y se dictan otras disposiciones -
Decreto 1030 de 2007
Por el cual se expide el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir los dispositivos médicos sobre medida para la salud visual y ocular y los establecimientos en los que se elaboren y comercialicen dichos insumos y se dictan otra disposiciones. -
Resolución 1403 de2007
Por la cual se determina el Modelo de Gestión de Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones dirigido a toda persona que realiza una o mas procesos del servicio farmacéutico, especialmente a los prestadores de servicio de la salud, se establece que el sistema institucional de información sobre medicamentos y dispositivos médicos debe contener los datos del programa de Farmacovigilancia y la Red de Farmacovigilancia.