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Marco legal del servicio farmacéutico-SaraJanetCisnerosMoreno-El Doncello, Caqueta

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    LINEA DE TIEMPO MARCO LEGAL DEL SERVICIO FARMACEUTICO

    Abarca normatividad desde 1993 hasta la fecha actual
  • DECRETO 1945 DE 1996 (octubre 28)

    DECRETO 1945 DE 1996 (octubre 28)
    Definir las funciones y/o acciones a ejercer por el químico farmacéutico, resaltando siempre la protección de la salud de las personas ejerciendo su profesión con respeto, eficiencia y seguridad (Art. 1 y 2). Dar cumplimiento a los Derechos y Deberes de la profesión, como ejercer y recibir un trato acorde a su profesión, cumplir la Constitución Política y demás normas que protegen el bienestar de los demás limitando ciertas funciones (contribuir a la protección de la vida, actuar con sabiduría).
  • RESOLUCION NUMERO 486 DE 2003 (Abril 4)

    RESOLUCION NUMERO 486 DE 2003 (Abril 4)
    Mediante el Artículo 2 “Manual de Estándares de las Condiciones Tecnológicas y Científicas del Sistema Único de Habilitación de los Prestadores de Servicios de Salud” se modifican los estándares del personal a atender haciendo énfasis en la profesión para garantizar un desempeño óptimo y confiable en el despacho, administración de medicamentos y equipos, indicando que debe ser un Tecnólogo en Regencia de Farmacia.
  • DECRETO NUMERO 2200 DE 2005 (Junio 28) Diario Oficial No. 45.954 de junio 29 de 2005

    DECRETO NUMERO 2200 DE 2005 (Junio 28) Diario Oficial No. 45.954 de junio 29 de 2005
    CAPITULO II. Del servicio farmacéutico. Define la clasificación del Servicio Farmacéutico, el cual puede ser dependiente (IPS u otra entidad de salud) e independiente (droguerías…). Mediante el Artículo 6, se define las funciones como el promover, prevenir y suministrar la atención siempre garantizando la salud de las personas, es decir garantizar una vida saludable.
  • DECRETO 2330 DE 2006, (julio 12)

    DECRETO 2330 DE 2006, (julio 12)
    Este decreto trata sobre la Preparación Magistral, la cual se rige con el fin de autorizar y limitar la capacidad de administrar y supervisar medicamentos en personas que con urgencia y sin ningún riesgo necesitan ayuda, se realiza una Modificación del Artículo 2. Modifícase el numeral 1 del artículo 11 del Decreto 2200 de 2005.
  • RESOLUCIÓN NÚMERO 4902 DE 2006 (Diciembre 13)

    RESOLUCIÓN NÚMERO 4902 DE 2006 (Diciembre 13)
    Directriz sobre la profesión del que estará a cargo la supervisión y atención del Servicio Farmacéutico, se indica que debe ser un químico farmacéutico, tecnólogo en regencia de farmacia, farmacéutico licenciado o expendedor de drogas debidamente certificado en competencias especiales como auxiliar del servicio farmacéutico, de acuerdo con el Decreto 3616 de 2005, quien podrá desempeñar este cargo.
  • RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007. (14 de mayo).

    RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007. (14 de mayo).
    El ARTÍCULO 1 tiene como OBJETO establecer criterios para el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico y las Condiciones esenciales y de procedimiento todo con el fin de garantizar la buena prestación en la administración y supervisión de medicamentos y/o dispositivos médicos (Artículo 4. PRINCIPIOS), en el cual se debe verificar y mantener las condiciones de almacenamiento de cada uno de ellos.
  • RESOLUCION 2955 DE 2007 (Agosto 27).

    RESOLUCION 2955 DE 2007 (Agosto 27).
    Se modifica las Condiciones Esenciales y los Procedimientos del Servicio Farmacéutico indicados en la Resolución 1403 de 2007, así como las normas en la infraestructura física teniendo en cuenta la complejidad, las actividades y los procesos que desempeñe la institución. Se establece la función de los establecimientos farmacéuticos como mayoristas y minoristas.
  • RESOLUCION NUMERO 4026 DE 2007 (Noviembre 6)

    RESOLUCION NUMERO 4026 DE 2007 (Noviembre 6)
    En el ARTÍCULO 4 se advierte al Servicio Farmacéutico de la Instituciones Prestadoras de Salud, el alcance que tienen en la administración de medicamente y dispositivos médicos de forma intrahospitalaria y ambulatorio enmarcando que en ningún caso se puede administrar medicamentos fuera del alcance de la institución, siempre enmarcando el servicio con solidaridad y en defensa de la salud y la vida del paciente.
  • RESOLUCION NUMERO 0444 DE 2008 (febrero 12).

    RESOLUCION NUMERO 0444 DE 2008 (febrero 12).
    Se verificará el Cumplimiento de las Buenas Prácticas de Elaboración de Preparaciones Magistrales y se dicta normativa en la necesidad de Certificación del personal, garantizando la buena prácticas de elaboración, en la atención del establecimiento y servicio farmacéutico (Tecnovigilancia).
  • RESOLUCIÓN NÚMERO 1441 DE 2013 (6 DE MAYO)

    RESOLUCIÓN NÚMERO 1441 DE 2013 (6 DE MAYO)
    Se establecen normas sobre los procedimientos y condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar los servicios y se dictan otras disposiciones, en el caso del Servicio Farmacéutico hay que establecer si es baja, mediana o alta complejidad.
  • DECRETO NÚMERO 1782 DE 2014, 18 SEP 2014

    DECRETO NÚMERO  1782  DE 2014, 18 SEP  2014
    Por el cual se establecen los requisitos y el procedimiento para las Evaluaciones Farmacológica y Farmacéutica de los medicamentos biológicos en el trámite del registro sanitario. Toda entidad debe garantizar que el medicamento o dispositivo médico haya sido revisado y aprobado por el INVIMA, pues el único ente con el poder de evaluar y supervisar la utilidad de todos los productos que puedan atentar contra la salud de las personas.