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CONCEPCIONES DE INFANCIA

  • 1919 BCE

    Ley 10,903 - Patronato de Menores o “Ley Agote”: (Argentina 1919)

    Ley 10,903 - Patronato de Menores o “Ley Agote”: (Argentina 1919)
    • Esta ley consideraba a las niñas y niños como "objetos de tutela" y no "sujetos de derecho", como posteriormente se considera en la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Argentina en el año 1990. Hasta 1919 la única diferencia normativa existente era la que se encontraba en los códigos penales del siglo XIX. Esta Ley frente a penas a menores de edad (18 años) lo que hacía era disminuir el castigo a una tercera parte.
  • Declaración del primer congreso Español de Higiene escolar: (Barcelona 1912)

    Declaración del primer congreso Español de Higiene escolar: (Barcelona 1912)
    • Estipula a la familia y al estado como primeros responsables de los niños y las niñas, y establece que no se puede negar a los niños y las niñas los derechos de: Amor, alegría, alimentación, verdad, y ejercicio, además de esto involucra componentes naturales como derechos primordiales entre los cuales se encuentran: Luz solar, aire y agua teniendo en cuenta los beneficios de estos. (Cely, 2015).
  • Declaración de Ginebra en la sociedad de las Naciones: (Ginebra 1924)

    Declaración de Ginebra en la sociedad de las Naciones: (Ginebra 1924)
    • Otorga derechos específicos a los niños y las niñas, a los adultos responsabilidades, es el primer texto histórico que reconoce la existencia de los derechos específicos de los niños, niñas y adolescentes cuya elaboración es reconocida desde la esperanza y la fe, Constaba de cinco principios: bienestar, desarrollo, asistencia, socorro y protección. Este declaración fue redactada y presentada en primer instancia por Eglantyne Jebb, fundadora de Save the Children. (S.T.C, 2014).
  • Decálogo de los derechos del niño: (Montevideo 1927)

    Decálogo de los derechos del niño: (Montevideo 1927)
    • Posiciona a los niños y las niñas como actores que poseen capacidades y características propias, establece y contextualiza derechos como: Educación, educación especializada, la vida, desarrollo de la personalidad, nutrición, asistencia económica, tierra y alegria. Postula derechos civiles, políticos, sociales y económicos. Representa la postura latinoamericana. (Cely, 2015).
  • Ponencia los derechos del niño, en la primera convención internacional de maestros: (Buenos Aires 1928)

    Ponencia los derechos del niño, en la primera convención internacional de maestros: (Buenos Aires 1928)
    • Documento que habla de la realidad latinoamericana de la época, escrito y presentado por Gabriela Mistral. En esta ponencia se posiciona a la niñez desde el privilegio, y se adjudican diferentes derechos relacionados con amor, alegría, salud, educación, profesionalización,tradición, libertad, regulaciones legislativas. (Cely, 2015).
  • Declaración orientada al bienestar de la infancia: (Santiago de Chile 1940)

    Declaración orientada al bienestar de la infancia: (Santiago de Chile 1940)
    • Declaración compuesta por trece postulados y menciona dimensiones de documentos elaborados previamente y que se relacionan con el derecho a la vida, la alimentación el vestido, la familia, educación, alegria, salud, juego, desarrollo de la personalidad, derechos jurídicos y de infancia. (Cely, 2015).
  • Declaración Americana de derechos y deberes del hombre: (Bogotá 1948) y Declaración Universal de los Derechos Humanos: (París 1948)

    Declaración Americana de derechos y deberes del hombre: (Bogotá 1948) y Declaración Universal de los Derechos Humanos: (París 1948)
    • Desde estas declaraciones se reconocen a todas las personas como titulares de derechos, iguales y dignos. Se desarrolla un listado de derechos que se relacionan con las condiciones necesarias para la vida con calidad y situaciones en las que se hace necesario brindar protección. (Cely, 2015).
  • Declaración de los Derechos del Niño: Asamblea De Las Naciones Unidas 1959:

    Declaración de los Derechos del Niño: Asamblea De Las Naciones Unidas 1959:
    • Antecedente inmediato a la CIDN, sucede después de la Segunda Guerra Mundial, reúne los documentos proyectados en la primera mitad del siglo XX, y reconoce los cuidados especiales y protección de las niñas y los niños, el goce de sus derechos y de sus libertades, igualmente establece los actores responsables de la garantía de estos derechos. Esta declaración está compuesta por 10 principios, donde el más importante es el interés superior de los niños.
  • Convención sobre los Derechos del Niño (CIDN) (20 Noviembre 1989)

    Convención sobre los Derechos del Niño (CIDN) (20 Noviembre 1989)
    • Documento aprobado como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de 1989, que contiene 54 artículos. Son considerados como niños los seres humanos menores de 18 años, y menciona que éstos son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, que tienen derecho a expresar libremente sus opiniones. La convención también es un modelo que orienta al área de la salud, la educación, la supervivencia y el progreso de la humanidad. (Unicef, 2006)
  • Constitución Política de Colombia de 1991

    Constitución Política de Colombia de 1991
    "Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro,
    venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos.