ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA FAMILIA ROMANO-GERMANICA.

  • Period: 753 BCE to 3 BCE

    Periodo del Derecho Arcaico.

    En esta fase el derecho, formado esencialmente por normas consuetudinarias, referentes a la vida local y agrícola de la civitas primitiva, va referido principalmente a los cives, esto es, a los ciudadanos romanos (quirites) y presenta caracteres rigurosos y formalistas. En éste periodo se elaboraron las Leyes de las XII Tablas, las cuales se redactaron por los decembiros, después de su visita a Grecia, se consideran el punto de partida del sistema legal romano.
  • Period: 218 BCE to 201 BCE

    Periodo del Derecho Republicano.

    Inicia a partir de la segunda guerra púnica, el derecho romano va enriqueciéndose y renovándose. Junto al "ius civile" surgen nuevos ordenamientos: el "ius gentium", más elástico y sin formas,y el "ius honorarium" (de honor, magistratura), creado por el pretor para adecuar la actividad judicial a las mudables condiciones sociales y espirituales.
    Entre ambos hacen triunfar la equidad sobre el estricto derecho, la intención de las partes sobre las figuras predeterminadas.
  • Period: 27 BCE to 3 BCE

    Periodo del Derecho Clásico.

    Se desarrolla al máximo la perfección del derecho romano, fundamentado sobre los tres sistemas del "ius civile", del "ius gentium" y del "ius honorarium", a lo que se le suma en este período y en medida siempre más extensa el derecho creado por los Emperadores con sus constituciones, la "cognitio extra ordinem" que se desarrolla frente a un único juez y se afianza por el proceso formulado, sobre la cual se había fundado el derecho pretorio y la antítesis entre éste y el derecho civil
  • Period: 337 to 527

    Periodo del Derecho Postclásico.

    Se extiende desde la edad de Constantino, hasta la subida de Justiniano al trono de Oriente . Venida a menos la jurisprudencia clásica y el proceso formulario, dividido en dos el Imperio e iniciadas las grandes invasiones bárbaras, también el derecho romano entra en una fase de decadencia, en la cual, por otra parte, a través de la actividad judicial y por la influencia siempre mayor del cristianismo, se produce la transformación de muchos institutos.
  • Period: 527 to 565

    Periodo del Derecho Justinianeo.

    Dura hasta la muerte de Justiniano, el derecho romano realiza su última evolución de la que la gran Codificación hecha por este emperador representa la fase conclusiva. Las posteriores vicisitudes de tal codificación y de su influencia determinan para Oriente la historia del derecho bizantino, y para Occidente la historia del derecho medieval y de los singulares derechos nacionales europeos.
  • Period: to

    Renacimiento de los estudios del Derecho Romano

    Inicia con el renacimiento de los estudios del Derecho Romano en las universidades Europeas, fenómeno cuyo significado y alcance requieren ser precisados. Durante 5 siglos la doctrina iba a dominar el sistema de Derecho y es bajo su influencia que la práctica del derecho evolucionaria en los diferentes países. Junto a la Escuela del Derecho Natural, la doctrina jurídica sentaría las bases que harían posible el transito hasta el siguiente periodo el cual se encuentra actualmente vigente.
  • Period: to

    Actulidad.

    En la actualidad, la familia del derecho romano-germánico esta diseminada en el mundo entero; rebasó las fronteras del antiguo Imperio romano y conquistó entre otros los países de toda América Latina, gran parte de África, los países del Cercano Oriente, Japón e Indonesia. Esa expansión obedeció en parte a la colonización y en parte que la recepción fue facilitada por la técnica jurídica de la codificación, técnica generalmente adoptada por los sistemas de derecho romanistas en el siglo XIX.