Humbertoobedmontielherrera

Antecedentes de la Educación Inclusiva

  • Declaración Universal de DD. HH

    Declaración Universal de DD. HH
    Art. 1: “Todos los
    seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos”
    Art. 26: “Toda persona
    tiene derecho a la educación... La educación se dirigirá al pleno desarrollo de la personalidad
    humana y a fortalecer el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales...”
  • Civil Rights Act

    Civil Rights Act
  • Convención sobre los Derechos del Niño

    Convención sobre los Derechos del Niño
    Art. 23.1: Este articulo señala la obligación y el
    compromiso de los Estados con la calidad de vida de los niños y niñas con discapacidad
    Art. 23.3: “En atención a las necesidades
    especiales del niño estará destinada a asegurar que el niño impedido tenga un acceso
    efectivo a la educación, la capacitación, los servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación..."
  • Conferencia Mundial sobre Educación para todos

    Conferencia Mundial sobre Educación para todos
    “existe un compromiso internacional para satisfacer las
    necesidades básicas de aprendizaje de todos los
    individuos, y a universalizar el acceso y promover la
    equidad”
  • Constitución Nacional

    Constitución Nacional
    Art. 14: “garantiza que todos los
    habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su
    ejercicio; a saber: de enseñar y aprender”
    Art. 19: "sancionar leyes de organización
    y de base de la educación que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública
    estatal”
  • Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales

    Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales
    todos los
    niños de ambos sexos tienen un derecho fundamental
    a la educación, y debe dárseles la oportunidad de
    alcanzar y mantener un nivel aceptable de
    conocimientos.
  • Informe de la UNESCO sobre la Educación para el Siglo XXI

    Informe de la UNESCO sobre la Educación para el Siglo XXI
    “La Educación Inclusiva implica
    que todos los niños y niñas de una determinada comunidad aprendan juntos independiente de
    sus condiciones personales, sociales o culturales, incluso aquellos que presentan discapacidad.”
    (UNICEF, UNESCO).
  • Foro Consultivo Internacional para la Educación para Todos

    Foro Consultivo Internacional para la Educación para Todos
    Se intenta poner freno al deterioro y falta de
    inversiones que caracterizan las políticas educativas en la práctica en la totalidad de los países
    del mundo.
  • Convención Internacional de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad

    Convención Internacional de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad
  • Ley de Educación Nacional

    Ley de Educación Nacional
    Art. 11 y Cap. VIII: La Educación Común en su conjunto y la Especial en
    particular, se rigen por el principio de inclusión educativa.
  • Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Argentina)

    Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Argentina)
    Desarrolla diferentes aspectos del derecho
    a la educación de manera de que las personas con discapacidad puedan, también, acceder al ejercicio
    de ese derecho sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás.
  • Educación Especial: Modalidad del Sistema Educativo Argentino

    Educación Especial: Modalidad del Sistema Educativo Argentino
    La inclusión se presenta como un enfoque filosófico, social, político, económico y
    especialmente pedagógico para:
    • La aceptación y la valoración de las diferencias en una escuela que es de todos, para todos y para cada uno.
    • La definición de políticas que protejan el interés superior del niño y de los sujetos de la educación.
    • El desarrollo del sentido de comunidad, solidaridad y pertenencia plural.
    • El aprendizaje constructivo y la valoración de las capacidades de todos los estudiantes.