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1) Deliberación
La deliberación sobre los hechos suele llevar tiempo, porque estos son narrados al abogado, por personas que no conocen el derecho, por lo que refieren muchos hechos que a ellas les importan mucho, pero que son totalmente irrelevantes desde el punto de vista jurídico, u omiten hechos que conocen y que no les interesan, pero que son decisivos para la correcta solución del caso. El jurista debe aprender a ser paciente para escuchar y sagaz para preguntar. -
1.1) Analizar los hechos que constituyen el caso
El análisis de los hechos no consiste en la mera “disección” o separación de los mismos; requiere de otra operación intelectual, que es el juicio acerca de su relevancia jurídica; gracias a este juicio, de la multitud de hechos referidos, muchas veces de manera confusa e incompleta, el jurista logra reconstruir el caso reduciéndolo a solamente datos relevantes. Una prueba de que esta deliberación ha sido bien realizada es que el jurista pueda relatar sintéticamente el caso en pocas palabras. -
1.2 )Analizar instituciones jurídicas (conjunto de reglas), posiblemente aplicables al caso.
El análisis de las reglas jurídicas aplicables al caso se refiere a las nociones jurídicas y soluciones o precedentes comúnmente aceptados. Las reglas jurídicas están agrupadas en “instituciones”, que son conjuntos de reglas respecto de una determinada relación jurídica, como propiedad, compraventa, tutela,etcétera; por eso, para poder finalmente determinar la regla aplicable al caso, se comienza por establecer cuales son las instituciones (conjunto de reglas) posiblemente aplicables al caso. -
2) Juicio
El juicio sobre lo debido, es decir la determinación de, si en el
caso, hay o no, algo debido por una parte a la otra -
2.1) Comprensión o interpretación de las reglas aplicables.
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2.2) Planteamiento del caso o definición de la cuestión a resolver.
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2.3) Respuesta a la cuestión planteada.
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2.4) Demostración de la veracidad de la respuesta.
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3) Conclusión práctica o decisión.