Administración Pública Federal

  • El Sistema Federal de Gobierno

    El federalismo en nuestro país se ha desarrollado en forma gradual, desde la época colonial, pasando por la etapa independista, de la Reforma, el porfiriato y la posrevolucionaria, hasta las últimas décadas de finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI. Así, siguiendo a Cabrero (2009), podemos resumir el federalismo en estas etapas históricas:
  • El federalismo en nuestro país se ha desarrollado en forma gradual.

  • En el siglo XVI, el Real y Supremo

    Consejo de Indias y la Casa de Contratación de Sevilla eran los órganos de la Corona encargados del gobierno de los territorios españoles de ultramar.
  • En el siglo XVIII, las Reformas borbónicas

    Trataron de dividir el territorio en provincias administrativas, prevaleciendo la tradición y la práctica centralista del gobierno.
  • La Independencia de México

    Una vez obtenida la Independencia de México, y después de la caída de Agustín de Iturbide en 1824, se promulgó la primera Constitución de la época independiente que siguió el modelo federal.
  • El Centralismo

    En la tercera década del siglo XIX se argumentaba que el sistema federal era la causa de casi todos los males de dicho periodo, razón por cual perdió su prestigio y se dio un viraje hacia el centralismo por medio de la promulgación de las llamadas Siete Leyes Constitucionales de 1835.
  • Administración Pública Federal

    Administración Pública Federal
    De conformidad al artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM, 2016) se establece que “La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación”.
  • La Constitución de 1857

    El paréntesis centralista termina con la promulgación de la Constitución de 1857, que volvió a la forma de república federal, lo cual no presentó cambios radicales en la etapa porfirista.
  • Posrevolucionarios

    En las décadas posteriores, los gobiernos posrevolucionarios se encargaron de ejercer el federalismo de una manera vertical y unipersonal a la figura presidencial.
  • División de los poderes

    Las atribuciones de cada uno de estos Poderes, se encuentran regulados en el Título Tercero de la CPEUM, de conformidad al artículo 49, se establece que el Supremo Poder de la Federación se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial,
  • La Constitución de 1917

    Viniendo a reafirmarse con la promulgación de la Constitución de 1917, en donde se consolida la forma de gobierno de república federal.
  • La Estructura Gubernamental en México

    El gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, se divide para su organización en tres órdenes:
     Federal: un gobierno central.
     Estatal: gobiernos de las entidades federativas y de la Ciudad de México.
     Municipal: gobiernos municipales y demarcaciones de la Ciudad de México, las cuales cabe acotar, se transformarán en alcaldías, con las reformas que se están ejecutando en la materia.
  • El Federalismo

    A partir de la década de los setenta, México comenzó experimentar en el ámbito político, una transición a la democracia, este proceso también ha venido influyendo en los ámbitos jurídico y administrativo, impulsando, en la práctica, un federalismo más acorde con la teoría.
  • La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

    La administración pública tiene un ordenamiento jurídico, mismos que limita las acciones. Una de las más importantes en términos de la organización de la administración pública es la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual estudiaremos de manera resumida en las siguientes líneas.
  • Delitos Administrativos

    De acuerdo a la interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en su Tesis Aislada número P. LX/96, Administrativa, Constitucional, publicada en el Sem. Jud. de la Federación y su Gaceta, III, 1996 “Responsabilidades de servidores públicos. Sus modalidades de acuerdo con el Título Cuarto Constitucional”, incurren en responsabilidad adm. los serv. púb. que falten a la legalidad, hondez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en la función pública (SCJN, 996:128).
  • Los Procesos de Relaciones Intergubernamentales

    El concepto de relaciones intergubernamentales (RIG) se originó en los Estados Unidos de América en la década de los treinta del siglo anterior. Las relaciones intergubernamentales (RIG) son mecanismos de coordinación y gestión entre autoridades públicas, en este sentido, se definen como los vínculos de coordinación, apoyo mutuo e intercambio de acciones que se dan entre dos o más instancias de gobierno.
  • Tribunales Administrativos

    Los tribunales administrativos tienen como facultad conocer las controversias jurídicas suscitadas por la aplicación y ejecución de la normativa administrativa, como al proceso que da curso a esas controversias (Fernández, 2012).
  • Sanciones Administrativas

    La sanción administrativa aplicable a los servidores públicos se presenta cuando estos incumplen las obligaciones que se establecen en el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
  • 18 secretarias (1)

    X. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
    XI. Secretaría de Comunicaciones y Transportes
    XII. Secretaría de la Función Pública
    XIII. Secretaría de Educación Pública
    XIV. Secretaría de Salud
    XV. Secretaría del Trabajo y Previsión Social
    XVI. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
    XVII. Secretaría de Cultura
    XVIII. Secretaría de Turismo,
    XIX. Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
  • 18 secretarías (2)

    Secretaria de Gobernación
    II. Secretaria de Relaciones Exteriores
    III. Secretaría de la Defensa Nacional
    IV. Secretaría de Marina
    V. Secretaría de Hacienda y Crédito Público
    VI. Secretaría de Desarrollo Social
    VII. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
    VIII. Secretaría de Energía
    IX. Secretaría de Economía
  • La Cooperación Institucional

    La cooperación institucional se logra principalmente mediante la disposición de los servidores públicos de las distintas esferas de la administración pública, tanto de nivel federal, estatal y municipal, para compartir experiencias, brindar asesoría, o bien acompañar a los funcionarios que tienen frente así, el reto de diseñar o implementar programas nuevos o problemas similares.