CODIGOS DE LA EDUCACION

  • CODIGO DE LA EDUCACION BOLIVIANA 20 DE ENERO DE 1955

    La educación es suprema función del Estado, porque es un derecho del pueblo e instrumente de liberación nacional y tiene la obligación de sostenerla, dirigirla y controlarla, a través de un vasto sistema escolar
  • Artículo 17

    El sistema escolar urbano ejerce su acción por intermedio de los siguientes ciclos: Ciclo pre-escolar, que atiende a los niños menores de seis años de edad cronológica y comprende casa-cuna, casas maternales y kindergartens. Ciclo primario para niños mayores de seis años, que abarca cursos y escuelas de educación básica. Ciclo secundario, para los adolescentes, que comprende dos grandes secciones:
    a. La educación humanística;
    b. La educación vocacional
  • Articulo 46

    Para crear un colegio secundario en provincias, es necesario que hayan, por lo menos, noventa alumnos para los tres primeros curses.. El mismo número es necesario para mantenerlos.
  • Artículo 47°

    En los colegios de provincias, el Estado, progresivamente y de acuerdo con la situación financiera del país, instalará internados para estudiantes que provengan del área rural
  • Artículo 101°

    Los egresados de las escuelas normales del Estado, están obligados a prestar servicios profesionales por un período de cuatro años. La Dirección General de Educación, los destinará a cualquier distrito o zona escolar donde haya cargos vacantes, según las necesidades del servicio, quedando obligados a desempeñar funciones docentes. en provincias o zonas fronterizas por un tiempo no menor de dos años.
  • Artículo 117°

    Todo habitante analfabeto tiene la obligación de aprender a leer y escribir, para lo cual recibirá facilidades del Estado y de la colectividad.
  • LEY No. 1565 LEY DE LA REFORMA EDUCATIVA

    La educación es universal, gratuita en todos los establecimientos fiscales y obligatoria en el nivel primario, porque contiene postulados democráticos básicos y porque todo boliviano tiene
    derecho a igualdad de oportunidades.
  • ARTICULO 11º

    El nivel primario se orienta al logro de los objetivos cognoscitivos, afectivos y psicomotores de los educandos, con una estructura desgraduada y flexible que les permita avanzar a su propio ritmo de aprendizaje, sin pérdida de año, hasta el logro de los objetivos del nivel. El nivel primario, con una duración de ocho años promedio.
  • Articulo 9.2 Modalidades de aprendizaje:

    • Regular, para los educandos sin dificultades de aprendizaje.
    • Especial integrada que atiende a los educandos con dificultades especiales de aprendizaje, mediante aulas de apoyo psicopedagógico dentro de la modalidad regular.
  • Articulo 9.1 Modalidades de atención:

    • Presencial, con asistencia Regular a cursos de aprendizaje. -A distancia, con el apoyo de medios de comunicación, envío de materiales y asistencia de monitores
  • LEY DE LA EDUCACION AVELINO SIÑANI - ELIZARDO PEREZ, LEY 070

  • ARTICULO 1

    Toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e esta, sin discriminación.
  • ARTICULO 1.8

    La educación es obligatoria hasta el bachillerato.
  • ARTICULO 4.3

    FINES DE LA EDUCACION: Universalizar los saberes y conocimientos propios. La intraculturalidad promueve la recuperación, fortalecimiento, desarrollo y cohesión al interior de las culturas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
  • Artículo 8. (Estructura del Sistema Educativo Plurinacional).

    El Sistema Educativo Plurinacional comprende: a) Subsistema de Educación Regular.
    b) Subsistema de Educación Alternativa y Especial.
    c) Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional.
  • Artículo 9. (Educación Regular )

    Es la educación sistemática, normada, obligatoria y procesual que se brinda a todas las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, desde la Educación Inicial en Familia Comunitaria hasta el bachillerato
  • Artículo 11. (Estructura del Subsistema de Educación Regular).

    El Subsistema de Educación Regular comprende: a) Educación Inicial en Familia Comunitaria. (comprende dos años)
    b) Educación Primaria Comunitaria Vocacional. (Comprende seis años)
    c) Educación Secundaria Comunitaria Productiva. (Comprende seis años)