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Secretarias de Estado en México

  • Las Secretarias de Estado en México

    Las Secretarias de Estado en México
    son el conjunto de ministerios o despachos (gabinete presidencial) que integran la denominada Administración Pública Federal.
    Las obligaciones, facultades, requisitos y restricciones a los distintos cargos están determinadas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
  • La administración pública federal

    La administración pública federal
    Es centralizada y paraestatal, de acuerdo con la ley orgánica y la carta magna; las secretarías son su principal componente, pero estas a la vez tendrán adscritas (además de sus órganos internos) a dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestatales; todo lo anterior teniendo a su cargo diversas carteras de interés público.
  • Se establecen 4 ministerios

    Se establecen 4 ministerios
    Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra
  • Caída de Agustin de Iturbide

    Caída de Agustin de Iturbide
    Una vez obtenida la Independencia de México, y después de la caída de Agustín de Iturbide en 1824, se promulgó la primera Constitución de la época independiente que siguió el modelo
  • La promulgación de las llamadas Siete Leyes Constitucionales

    La promulgación de las llamadas Siete Leyes Constitucionales
    En la tercera década del siglo XIX se argumentaba que el sistema federal era la causa de casi todos los males de dicho periodo, razón por cual perdió su prestigio y se dio un viraje hacia el centralismo por medio de la promulgación de las llamadas Siete Leyes Constitucionales de 1835.
  • Promulgación de la Constitución de 1857

    Promulgación de la Constitución de 1857
    El paréntesis centralista termina con la promulgación de la
    Constitución de 1857, que volvió a la forma de república federal, lo cual no presentó cambios radicales en la etapa porfirista.
  • Primera Administración Pública Federal

    Primera Administración Pública Federal
    Se encuentra su primera versión de la administración pública Federal en la Constitución que inicio su vigencia el 1º de mayo de 1917 y que fue publicada oficialmente con el nombre de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reforma la del 5 de febrero de 1857.
    Su inicial reforma jurídica fue la conocida como centralización
    administrativa en el mundo europeo. ya que se copió del sistema
    europeo y se plasmó en el primitivo artículo 90.
  • Ley de Secretarías de Estado

    Ley de Secretarías de Estado
    Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado.
    De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades
    políticas, sociales y económicas.
  • Evolución de la Administración Pública Federal

    Evolución de la Administración Pública Federal
    En su origen de 1917, la administración pública del Distrito Federal perteneció al Poder Ejecutivo Federal, como lo previno la fracción VI, del artículo 73 de la Constitución. Empezó el gobierno del D.F. con una administración municipal, pero por los problemas políticos que generó se reformo el 73 en 1928 (D.O. 20 de agosto de 1928) se suprimió por una administración directa por el presidente o sea una administración centralizada.
  • Evolución de la Administración Pública Federal

    Evolución de la Administración Pública Federal
    Después de la ley de secretarias de 1917, se sucedieron: Ley de Secretarias de Estado, Departamentos Administrativos y Demás Dependencias de Poder Ejecutivo Federal.
  • Evolución de la Administración Pública Federal

    Evolución de la Administración Pública Federal
    Ley de de Secretarias y Departamentos de Estado (31/12/1935) así
    mismo sufrió otro cambio la Ley de Secretarias y Departamentos de Estado el (30/12/1939),
    Ley de Secretarias y Departamentos de Estado en (21/12/1946) Ley de Secretarias y Departamentos de Estado (24/12/1958)
    y la vigente Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (29/12/1976),
    Toda Secretaria sólo puede ser creada por Ley
    del Congreso, prescrito en el artículo 90 Constitucional.
  • Evolución de la Administración Pública Federal

    Evolución de la Administración Pública Federal
    La Administración Pública desde el sexenio de Miguel Alemán Valdés ha sufrido cambios importantes, sobre todo en las Secretarias de Estado, en las cuales se reformo sobre todo las normativas sobre recaudación de rentas, en el pago de los impuestos a los aranceles extranjeros y la apertura de la protección de los mercados nacionales al extranjero, así mismo se reformaron las Secretarias de Educación Pública, se dio más apertura a la Salud Pública y la Secretaria de Programación y Presupuesto.
  • Ley de Secretarías y Departamentos de Estado

    Ley de Secretarías y Departamentos de Estado
    Se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y
    Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy.
  • Evolución de la Administración Pública Federal

    Evolución de la Administración Pública Federal
    Se fue dando apertura comercial y sobre todo a la
    explotación petrolera, esta última como motor de la economía
    Nacional, así mismo tuvo un gran desarrollo la tenencia de la Tierra cediendo el dominio a los campesinos, sin embargo, las devaluaciones del peso frente al dólar afecto mucho a las administraciones siguientes y deterioro a gran escala la economía del país, provocando una rescisión dentro de la administración pública para hacer frente a las necesidades de la población.
  • Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

    Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
    Esta dependencia principalmente se encarga de los siguientes
    asuntos:
    • Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le encomiende.
    • Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros países y organismos internacionales.
    • Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos,
    nombramientos, resoluciones presidenciales y demás instrumentos de carácter jurídico, a efecto de someterlos a consideración
  • Evolución de la Administración Pública Federal

    Evolución de la Administración Pública Federal
    Toda la legislación administrativa expedida con apoyo en el texto de la Ley fundamental y ésta misma con sus numerosas reformas,
    registran cambios importantes mayores o menores a la
    administración pública. en más de 9 décadas de vida Constitucional y legal, han surgido los departamentos de Estado, los bancos oficiales, los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal y los fideicomisos públicos.
  • Las recientes reformas por el Congreso de la Unión

    Las recientes reformas por el Congreso de la Unión
    Obliga a los gobiernos estatales y municipales a promover espacios para la cooperación institucional con el gobierno federal, dado que en términos de desarrollo administrativo este último cuenta con una vasta experiencia en muchos de los temas objeto de las recientes
    reformas.
  • LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

    LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
    Es parte del Sistema Nacional Anticorrupción. Tiene por objeto distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para precisar las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, así como definir sus obligaciones y señalar las sanciones aplicables en los casos de incumplimiento de sus funciones y por los actos u omisiones en que éstos incurran, creando las bases para políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público.