Proceso y trayectoria para la aplicación en un análisis de caso

  • Conocer el Código Penal que deba aplicarse al caso

    Conocer el Código Penal que deba aplicarse al caso
    Haber estudiado, comentado y discutido el Código Penal de la entidad federativa de que se trate el caso, e incluso, estudiar tambien el Codigo Penal Federal, debido a figuras típicas que puedan presentarse y que sean de competencia federal. Tener presente que el Codigo a analizar sea vigente.
  • Estar familiarizados con conceptos y teorías Jurídico-Penales

    Estar familiarizados con conceptos y teorías Jurídico-Penales
    Tener previos conocimientos de las diferentes teorías jurídico-penales, como la teoría de la norma, teoría del delito, teoría de la pena y la medidas de seguridad, para así, aplicar los diversos conceptos fundamentales adquiridos en la carrera y poder aplicarlos también en la practica. Además estar al día en conocimientos a través de conferencias, lecturas de artículos.
  • Desarrollo de un método para analizar y resolver casos de Teoría del Delito

    Desarrollo de un método para analizar y resolver casos de Teoría del Delito
    En cualquier actividad humana, ers necesario, desarrollar un método para lograr resultados óptimos y eficaces, y, en cuestión de análisis de casos, el penalista debe desarrollar un método, apoyado en la Dogmática Penal, para conocer el contenido del derecho positivo, y así establecer, el caso en particular de que se trate, y encontrar la solución posible.
  • La importancia de conocer las leyes, la doctrina y la jurisprudencia

    La importancia de conocer las leyes, la doctrina y la jurisprudencia
    Resulta de vital importancia conocer la Ley, la Doctrina y la Jurisprudencia para resolver un caso. La primera regula el comportamiento de las personas en la sociedad y nos hace saber el limite de las libertades individuales. La Doctrina nos permite identificar problemas concretos y sus posibles soluciones. la Jurisprudencia y sus contenidos nos permitirán acercarnos a lo que los juzgadores aplican en sus resoluciones.
  • Reconocer que cada caso es diferente a otro

    Reconocer que cada caso es diferente a otro
    Es primordial saber que nunca los casos son iguales ya que cada uno atiende a diversos factores con diferentes características, por ejemplo: en el sujeto activo y pasivo, las circunstancias de modo, tiempo y ocasión, como también, en la aplicación de la ley, ya que puede esta haberse modificado en determinado lapso de tiempo o por el simple ámbito de competencia, que puede ser local o federal, atendiendo a la entidad federativa donde haya ocurrido el suceso.
  • Estudiar el caso con detenimiento antes de emitir una opinión

    Estudiar el caso con detenimiento antes de emitir una opinión
    Antes de que el abogado penalista emita una opinión acerca de un caso es necesario que previamente se haya estudiado concienzudamente cada detalle, sin agregar hechos que no ocurrieron. Lo anterior, siempre basándose en la legislación más actual en la doctrina y la jurisprudencia aplicable a dicho caso en estudio, ya que, emitir una opinión sin haberse analizado cada hecho o detalle puede traer consigo consecuencias negativas.
  • Tener presente que no existen soluciones únicas

    Tener presente que no existen soluciones únicas
    Es necesario tener presente que, un caso puede tener diferentes soluciones, y esto, va a depender de varios factores, tales como: la fundamentación jurídica con que se estudie, la profundidad con teoría del delito que se haya utilizado.
  • Aplicar una metodología al análisis del caso en cuestión

    Aplicar una metodología al análisis del caso en cuestión
    Por ejemplo, si se quiere aplicar un orden analítico, será necesario en primera instancia confrontar los hechos del caso con lo que establece la ley, luego, revisar opiniones teóricas que sobre el problema jurídico analizado se hayan hecho, y por último, revisar las opciones jurisprudenciales que pudieran haberse acerca del problema en particular. Con lo anterior, se logrará tener una visión integral y general al respecto del caso en estudio y acercarse a la solución.
  • Tener presente la vigencia y la observancia de los principios estructurales al momento de analizar un caso

    Tener presente la vigencia y la observancia de los principios estructurales al momento de analizar un caso
    Se trata de que el analista del caso, tenga presente los principios estructurales del derecho penal al momento de su estudio, debido a que, se debe poner mucha atención a principios básicos como el de legalidad, presunción de inocencia, culpabilidad, debido proceso, etc., por mencionar solo algunos. Lo anterior es necesario, ya que en un sistema de Derecho Penal de corte democrático como el nuestro, atiende principalmente a una serie de principios que limitan el Ius puniendi.
  • La Teoría del delito trasladada a la aplicación de la ley penal a casos concretos

    La Teoría del delito trasladada a la aplicación de la ley penal a casos concretos
    De manera general, se dice que para resolver un caso penal, es necesario trasladar la decisión general contenida en la ley a un caso concreto, por lo cual es necesario apoyarse en el sistema de análisis de la Teoría del delito, para así llegar a una posible solución a través de un proceso mental que inicia con la intuición global del que analiza, para encontrar posibles soluciones. Estas intuiciones, se van depurando por medio del análisis de los elementos de un hecho concreto.
  • La Teoría del delito como instrumento conceptual que permite aplicar la ley penal a casos concretos

    La Teoría del delito como instrumento conceptual que permite aplicar la ley penal a casos concretos
    De cierta manera, la Teoría del Delito nos induce a realizar tres juicios sucesivos que son: la conducta del autor, su conducta y contrariedad con la ley y la posibilidad de hacer responsable al autor, por el hecho antijurídico realizado, lo cual, se puede comparar de cierta forma con las categorías básicas que componen la teoría del delito, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad, sin dejar de lado a la punibilidad, como consecuencia jurídica del delito.
  • Pasos a seguir para resolver el caso penal

    Pasos a seguir para resolver el caso penal
    Primero que nada, contar con el Código Penal con el que se piensa resolver el caso, apuntes que sean necesarios y el libro de estudio que se requiera. Después, ver los aspectos generales como: ¿Qué hizo el sujeto activo del delito?, mato, robo, violo (identificar la conducta penal relevante). Luego, determinar si la conducta fue por acción u omisión y descartar alguna causa de exclusión como: fuerza física irresistible, actos reflejos, etc. después, especificar los tipos penales aplicables.
  • Precisar el tipo de delito

    Precisar el tipo de delito
    Precisar si se trata de un delito de lesión o de peligro (común o especial) y verificar si el delito se cometió dolosa o culposamente.
  • Otros elementos para realizar

    Otros elementos para realizar
    Si la acción fue dolosa, analiza lo siguiente: Elementos objetivos: acción, sujetos, objetos, resultado, relación de causalidad.
    Elementos subjetivos: dolo directo o eventual, la presencia de algún tipo de error.
    Antijuricidad: verificar si existe la presencia de alguna causa de justificación o error, como, legitima defensa, estado de necesidad, ejercicio de un derecho, cumplimiento de un deber o error.
  • Otros aspectos para analizar

    Otros aspectos para analizar
    Culpabilidad: poniendo atención a los presupuestos: verificar la imputabilidad del autor, conocimiento de la antijuricidad, capacidad de culpabilidad, exigibilidad de otra conducta, error de prohibición.
    Punibilidad: cuando se analiza este aspecto habrá de analizar si el tipo penal establece algún requisito para la aplicación de la pena que sea diverso al injusto o a la culpabilidad, además, si se prevé alguna excusa absolutoria o alguna condición objetiva de punibilidad.
  • Analizar la Tentativa, Autoria y Participación y el Concurso

    Analizar la Tentativa, Autoria y Participación y el Concurso
    Tentativa: si esta puede ser idónea o inidónea, acabada o inacabada o si hubo desistimiento ´por parte del sujeto activo.
    Autoría y Participación: si hubo autoría directa, mediata o coautoría.
    Participación: inducción o complicidad.
    Concurso: de leyes o delitos (real o ideal).
  • Cuando se trata de acciones culposas o imprudentes analizar los siguientes aspectos

    Cuando se trata de acciones culposas o imprudentes analizar los siguientes aspectos
    Tipicidad: Asegurarse que el tipo penal admite esta forma de realización. Analizar el disvalor de la acción y el disvalor del resultado. Precisar la infracción al deber de cuidado. Revisar lo concerniente a la reacción de causalidad.
    Antijuricidad: Analizar lo relativo a las causas de justificación.
    Culpabilidad: Conocimiento del contenido de la norma de cuidados.
    Error de prohibición.
    Punibilidad: La que se determine para el tipo penal.
  • Cuando se trate de omisión dolosa, verificar los siguientes puntos

    Cuando se trate de omisión dolosa, verificar los siguientes puntos
    Tipicidad: Elementos Objetivos
    Delitos propios de omisión: situación generadora del deber, acreditar la omisión, verificar la capacidad de actuación del sujeto activo.
    Delitos impropios de omisión: comprobar la producción del resultado de un delito de omisión, verificar que ha intentado impedir la producción del resultado, establecer que la realización de la acción omitida hubiera evitado el resultado, acreditar la capacidad para actuar, determinar la posición de garante (sus fuentes).
  • Omisión Dolosa, Elementos subjetivos

    Omisión Dolosa, Elementos subjetivos
    El Dolo, conocimiento de la situación generadora del deber de actuar, error.
  • Omisión culposa o imprudente

    Omisión culposa o imprudente
    Cuando un delito se cometió por omisión imprudente o culposa, lo único que lo diferencia con el de la comisión, consiste en que, el autor no infringió el cuidado debido con un acto positivo, sino, omitiendo. En lo que respecta a los demás elementos coinciden con el de la comisión.