FAMILIA SUJETO COLECTIVO DE DERECHOS

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    Martha Lamas

    Dice que la “sexualidad natural” y la función reproductiva atribuida al ejercicio de la sexualidad, al interior de la familia.
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    Mangione Muro

    Dice que la familia es un vínculo colectivo, reciproco e indivisible, de matrimonio, parentesco o afinidad.
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    Arriagada

    Dice que la situación de las familias latinoamericanas se han
    transformando demograficamente, económicos, sociales, políticos,
    formando problemas multidimensionales como la exclusión social, la pobreza y desigualdad, por la modernidad por esto requiere de políticas y programas integrales y de carácter transversal
    esto se ve reflejado en la conformación y funcionamiento de las familias, el aumento de hogares con jefatura femenina y las mujeres en el mercado laboral.
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    Galvis

    Habla sobre la posesión incondicional de los
    padres sobre los hijos y garantiza la continuidad de la familia.
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    Galvis

    El manifiesta que la familia es un espacio de convivencia y
    formador desde el desarrollo Social y personal como los deseos, las pasiones, las esperanzas, los amores, las vocaciones, las tendencias, y en el político en el contexto en el que se
    desarrolla su cotidianidad en el marco de las Políticas Públicas.
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    Galvis

    El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar,
    define la familia como “una unidad ecosistémica de supervivencia y de construcción de solidaridades de destino, a través de los rituales cotidianos, los mitos y las ideas acerca
    de la vida, en el interjuego de los ciclos evolutivos de todos los miembros de la familia en su contexto sociocultural (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2008, pág.67).
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    Galvis

    La Constitución Política, como núcleo fundamental de la sociedad (Artículo 42) y como grupo primario de socialización, que promueve el desarrollo integral y equitativo de sus miembros y la
    satisfacción de sus necesidades y como un sistema social que tiene capacidad para crear capital social.
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    Galvis

    La Secretaria Distrital de Integración Social en la
    Política Pública para las Familias de Bogotá, entiende la familia como organizaciones sociales, construidas históricamente, que responden a un devenir histórico y cultural “unidas por una relación de parentesco, por consanguinidad, afinidad, adopción o por
    afecto, en las que se establecen vínculos de apoyo emocional, económico, de cuidado
    o de afecto, que comparten domicilio, residencia o lugar de habitación” (SDIS p.34).
  • FAMILIA COMO SUJETO COLECTIVO O LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA FAMILIA

    En el área Jurídica los únicos sujetos de derecho son las PERSONAS, que pueden ser de
    existencia ideal o de existencia visible. Se considera SUJETO DE DERECHO aquella unidad
    (persona) sobre la que la ley efectúa imputaciones directas, arrogándose
    derechos y obligaciones.
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    Maldonado y Rico

    Hablan sobre el modelo hegemónico y tradicional de familia, la
    influencia del modelo económico, normativo y político en la construcción sociocultural de familia. También plantean los efectos de la desigualdad social producidas por la relación: trabajo, mercado, cooperación, explotación y relaciones de género. aumento en las tareas del cuidado, dificultades a los servicios públicos, el role atribuido a hombres y mujeres
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    León Willis

    Reconoce la diversidad de las familias y el reconocimiento de la libertad y la autonomía en que los sujetos definen o determinan su constitución y organización.
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    Martínez & Matiz

    Refiere que el matrimonio visto de manera tradicional es una relación heterosexual, de personas jurídicamente
    vinculadas; por lo cual reconocer los cambios sociales y culturales del concepto de familias en el ámbitos jurídico y legal.
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    Gutiérrez y Acosta

    Hablan de la familia de la concepción de niños
    y niñas desde el campo jurídico, político y social, para proteger derechos de las mujeres y los afrodescendientes.
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    Villarrea

    Habla de la Constitución Política de Colombia,sobre la comprensión del Estado Moderno como la forma institucional que legitimando los patrones culturales de los varones y mujeres, dando espacios de participación, despenaliza el aborto y sensibiliza, previene y sanciona de formas de violencia la discriminación contra las
    mujeres
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    Silva Martínez

    Habla del conjunto de reglas y medidas necesarias en el Derecho, que regulan el orden personal y patrimonial, de sus formas
    de organización, vida y disolución de la familia, en el artículos 42 y 51 de la Constitución Política de Colombia de la comprensión de los vínculos jurídicos o naturales, del parentesco, el matrimonio, garantías política y legislativas que garantizan el cuidado de la familia
  • FAMILIA

    Vamos a observar las discusiones desde las ciencias sociales,
    humanas y jurídicas, al respecto a las transformaciones del concepto de familia teniendo como referencia los
    principios del Estado Social de Derecho y como prioridad la
    pluralidad, de igualdad, participación, la convivencia y la perspectiva de derechos, para la comprensión de la familia.
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    García Manrique

    Define a la familia desde la sociológia y psicológia como espacio
    natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros, también a las personas no vinculadas, por lazos de consanguinidad.Este resalta la importancia de conservar relaciones de afecto, el trato continuo y la comunicación permanente, y el fomento del desarrollo físico, moral, intelectual y psíquico.