Evolución histórica del derecho de acción

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    LA ACCIÓN EN EL DERECHO ROMANO

    La acción no es sino el derecho a perseguir en juicio lo que se nos debe, en otros términos, como expresa el citado autor, quien tiene el derecho tiene la acción.
    En el derecho romano, la acción se confundió con el derecho mismo, por lo que el interrogante no consistía en saber si se tenía o no el derecho a una cosa, sino si se tenía la acción de reclamar, todo lo cual originó, que por mucho tiempo se confundiera con el derecho subjetivo.
  • Teoría Clásica

    Esta constituye la primera tendencia relacionada con la teoría sobre la acción, la cual la identifica con el derecho sustancial mismo, siendo ésta la teoría unitaria de la acción y el derecho.
    Garconnet y Savigny, este último, quien incluyó un nuevo concepto de la acción, consistente en que la violación del derecho sustancial daba origen a otro derecho que tenía por contenido una obligación del violador de cesar la violación.
  • Teoría Moderna

    Winscheid: sostenía que cuando los romanos ejercían el derecho de acción procurando de este modo la tutela jurídica, no identificaban el derecho vulnerado con el acto cumplido; en realidad dirigían una pretensión contra el adversario; que se transformaba en acción al hacerla valer en juicio. Esta pretensión podía reconocerse por el estado a través de la sentencia correspondiente, o por el mismo particular que decidiera autocomponer el conflicto.
  • ACCIÓN COMO TUTELA CONCRETA

    Sostenida por Winscheid y Muter Para el primero la acción es una pretensión deducida en juicio y lo razona de la siguiente manera: “ Lo que nace de la violación de un derecho no es un derecho de accionar como lo afirmaba Savigny sino una pretensión contra el autor de la violación que se transforma en acción cuando se hace valer en juicio
  • ACCIÓN COMO DERECHO ABSTRACTO

    Sostenida por Mortara y define a la acción dentro de esta teoría como un derecho que se tiene para provocar una función jurisdiccional con fundamento o sin él esto es el derecho a una resolución favorable o desfavorable a quien haya iniciado el proceso.
  • ACCIÓN COMO DERECHO A LA JURISDICCIÓN

    Sostenida por Alsina y Couture definen a la acción como un poder jurídico de acuerdo a la jurisdicción con derecho o sin el con pretensión o sin ella