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El Derecho del Trabajo.

  • 3000 BCE

    Edad Antigüa.

    Edad Antigüa.
    Desde los países de oriente hasta Occidente la esclavitud era algo que se daba en ese entonces, y los esclavos no tenían ningún tipo de derecho.
  • 410 BCE

    Nacimiento de los primeros régimen corporativos.

    Nacimiento de los primeros régimen corporativos.
    Al caer Roma en poder de los Bárbaros el mundo unificado por los Romanos se dispersa. En este momento nacen las corporaciones, el régimen corporativo, el sistema en el cual los hombre de una misma profesión, oficio o especialidad se unen para la defensa de sus intereses comunes en gremios, corporaciones en guildas. Estas asociaciones, que fueron muy fuertes en Francia, España y Alemania, fueron el origen de los sindicatos de los trabajadores.
  • 1492

    Se descubre América.

    Se descubre América.
    América es descubierta, se establecen nuevas rutas marítimas. Aparecen comerciantes que servirán de intermediarios entre el productor y el consumidor dentro y fuera de las fronteras patrias. El estado, alienta y apoya esta transformación. Al mismo tiempo y para evitar la persistencia de las corporaciones, se pronuncia contra la existencia de las organizaciones de patrones y de trabajadores y proclama la libertad de trabajo.
  • 1545

    Desaparición de la corporación.

    Desaparición de la corporación.
    Legalmente, la corporación desaparece en Inglaterra en 1545, cuando el Parlamento, para impulsar la industralización, prohíbe a la corporación poseer bienes y confisca sus propiedades a beneficio de la Corona.
  • Ley Chapelier.

    Ley Chapelier.
    En 1791 se decretó la Ley Chapelier en Francia, después de una larga lucha, que establece que todo hombre es libre para dedicarse al trabajo, profesión u oficio que estime conveniente. Reafirma la libertad de trabajo pero prohíbe la asociación de las personas del mismo oficio. Hubo voces opositores que argüían que el derecho de asociación profesional presentaba indiscutible utilidad por la ayuda que prestaba a los obreros victimas de la falta de trabajo o de alguna enfermedad.
  • Nace el capitalismo y la clase proletaria.

    Nace el capitalismo y la clase proletaria.
    Nace el capitalismo, aparecen las grandes empresas, organizaciones de crédito, de seguro, de comercio, que se extienden por todo el mundo. Al mismo tiempo y como su consecuencia natural aparece el proletariado: la mano de obra barata integrada por hombres, mujeres y niños, campesinos, artesanos, etc. Apareció también la explotación desenfrenada de los asalariados, bajo las más terribles condiciones de trabajo, salarios cada vez más bajos y jornadas más largas, expuestos a enfermedades.
  • Inician los movimientos obreros.

    Inician los movimientos obreros.
    La clase proletaria, que nación con la revolución industrial en Europa a finales del siglo XVIII, pronto reacciono e inició la lucha por mejorar su pésima situación, por medio de movimiento de masas, mucho de ellos violentos, que obligaron a el Estado a dictar medidas por medio de una legislación laboral, nace el derecho del trabajo, resultado de la lucha de los trabajadores por mejorar sus condiciones laborales y tuvieron como base teórica las doctrinas económicas y sociales.
  • Legislaciones continentales.

    En 1802 en Inglaterra se dictaron algunas disposiciones sobre el particular que fueron fuente de inspiración a las legislaciones continentales.
  • El Código de Napoleón.

    El Código de Napoleón.
    El Código de Napoleón distinguió el contrato de domésticos y obreros, que hoy llamaríamos de trabajo y el de los portadores que ahora sería el de obra.
  • Recopilación de las leyes de Indias.

    Recopilación de las leyes de Indias.
    Recopilación de las leyes de Indias 1821 que establecía: jornada máxima de 8 hrs, descansos semanales, pago del salario efectivo, protección a mujeres embarazadas, prohibición de trabajo a menores de 14 años, protección contra labores insalubres y obligación de proporcionar habitaciones a los indígenas.
  • Derecho de asociación profesional.

    Derecho de asociación profesional.
    En Francia, los obreros se lanzan a la lucha por el reconocimiento de sus organizaciones sindicales y para obtener medidas de seguridad física en los centros de trabajo. Como consecuencia en 1824, el Parlamento reconoce el derecho de asociación profesional.
  • Prusia.

    Prusia.
    El 9 de Mayo de 1839 se dicta en Prusia la primera ley del trabajo a la que siguieron las leyes de 17 de Enero de 1845, 9 de Febrero de 1849 y 16 de Marzo de 1856.
  • Francia, ley de protección infantil.

    Francia, ley de protección infantil.
    El 22 de marzo de 1841, Francia promulga una ley de protección a la infancia.
  • Leyes en favor de los obreros, Alemania.

    Leyes en favor de los obreros, Alemania.
    El 17 de enero 1845, 9 de febrero de 1849 y 16 de marzo de 1856, se dictaron leyes que pugnaron por mejorar el trato a los obreros en la mayoría de los estados alemanes, que prohibieron el trabajo de los niños menores de ocho a diez años, especialmente en las minas y en la industria de la lana, el trabajo nocturno infantil, que se les considera el tiempo necesario para ir a la escuela, fijaron el domingo como día de descanso y sentaron bases para la inspección del trabajo.
  • Manifiesto Comunista.

    Manifiesto Comunista.
    En 1848 apareció el Manifiesto Comunista, el cual señala que la liberación de los trabajadores debe ser obra de los propios trabajadores y el papel de la clase obrera para transformar, mediante la acción revolucionaria, el régimen social. Él manifiesto termino con la frase: "Proletarios del Mundo, Uníos".
  • Francia, Luis Bonaparte.

    Francia, Luis Bonaparte.
    Al llegar al poder Luis Bonaparte, fueron suprimidas las conquistas obreras: la declaración sobre reconocimiento del derecho a trabajar quedó sustituido por un programa de asistencia y previsión; la jornada laboral se elevó a doce horas, la libertad de coalición fue suprimida, lo mismo que la asociación profesional. Años más tarde, ante la combatividad del movimiento obrero francés, en 1864 les es reconocido este derecho.
  • Capital del trabajo, México.

    Capital del trabajo, México.
    En 1870 en México, con la llegada de Porfirio Díaz se introduce el "capital de trabajo"
  • Ley Benot, España.

    Ley Benot, España.
    En España en 1873 se establece la llamada ley de benot que establece la edad mínima de trabajo y la prohibición de trabajo nocturno para mujeres y niños.
  • Bismarck, Alemania.

    Bismarck, Alemania.
    Ante la avalancha de sindicatos constituidos, Bismarck obtiene que el Parlamento aprobara el 21 de Octubre de 1878 una ley prohibiendo los sindicatos, tres años después en 1881 el Emperador Guillermo I anunció el establecimiento, para garantizar "su existencia en las diferentes situaciones que puedan presentárselas, cuando sin su culpa, se vean impedidos a trabajar".
  • Francia, ley de accidentes de trabajos.

    Francia, ley de accidentes de trabajos.
    En 1884, el Parlamento aprueba la ley sobre accidentes de trabajo y se volvió a los años 1848, limitándose la jornada de trabajo , primero a 11 horas, después a 10 y media y finalmente a 10 sobre todo.
  • Huelga, Alemania.

    Huelga, Alemania.
    En Alemania estalló una gran huelga de minero en 1889 que abarcó a mas de cien mil hombres.
  • Congreso Internacional de Derecho Industrial.

    Congreso Internacional de Derecho Industrial.
    En Berlin en 1890, convocado por el gobierno Alemán, se celebró el Congreso Internacional de Derecho Industrial al que asistieron Austria, Hungría, Bélgica, Dinamarca, Francia, Inglaterra, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Suecia, Noruega y Suiza; donde se adoptaron recomendaciones sobre la prohibición del trabajo minero a las mujeres y menores de 14 años, la limitación a la jornada en los trabajos peligrosos, el descanso semanal y la edad mínima de admisión al trabajo.
  • La situación de México.

    La situación de México.
    El intenso comercio estaba entonces sostenido por las mercancías de los indígenas, quienes las llevaban a cuestas en fatigoso viaje para entregarlas a los comerciantes, españoles en su totalidad, que conservaban el despotismo del conquistador y creían tener la superioridad racial que les daba su pasada dominación, unida a la sórdida avaricia del extranjero que busca su rápido enriquecimiento por cualquier medio.
  • La huelga de Río Blanco.

    La huelga de Río Blanco.
    La emblemática huelga en la fábrica de hilados y tejidos ubicada en la localidad de Río Blanco, Veracruz, se produjo por el tipo de régimen laboral al que fueron sometidos los obreros, no sólo en aquel centro de trabajo, sino en todo territorio mexicano .El conflicto estalló el 7 de enero de 1907 debido a la ausencia de acuerdos entre los trabajadores de la industria textil y los dueños de los consorcios más importantes en diferentes estados de la república, incluyendo al otrora DF.
  • La comisión de Macías, Rojas y Rouaix.

    La comisión de Macías, Rojas y Rouaix.
    Fue una de las pocas veces que Rouaix tomó la palabra en el Congreso y lo hizo precisamente para hablar de la comisión que habían formado José Macías y Luis Rojas para discutir "la cuestión del trabajo". La propuesta amparaba a cualquier ciudadano mexicano recibiera una retribución a cambio, en el campo o en las ciudades.El 13 de enero de 1917 fue formalmente presentada la propuesta, bajo la coordinación de Rouaix.
  • Constitución Mexicana de 1917.

    Constitución Mexicana de 1917.
    Por primera vez en el mundo, una Constitución, la mexicana de 1917, eleva a la categoría de derechos sociales garantizados por esta carta fundamental, principios e instituciones fundamentales del derecho del trabajo, tales como la duración de la jornada, el trabajo de las mujeres y los menores, los salarios mínimos, medidas de seguridad e higiene, derecho de huelga, etc. Aquí nace el Derecho del Trabajo con la Constitución de Queretaro del 5 de febrero de 1917.
  • CROM

    CROM
    Se crea la Confederación Regional Obrera Mexicana, y fue la primera confederación trabajadores con carácter nacional.
  • Tratado de Versalles y la OIT.

    Tratado de Versalles y la OIT.
    Se firma el Tratado de Versalles que en su parte XIII al referirse a los problemas de trabajo, consagra: a)el derecho a asociación, b)el pago de salarios justos, c)la jornada de ocho horas diarias, d)la suspensión de trabajos a menores, e)el salario por igual, etc. Al mismo tiempo se crea la Organización Internacional del Trabajo y se celebra su primer reunión, a partir de entonces se reúnen en representación tripartita de gobierno, trabajadores y empleadores de los cinco continentes.
  • La Constitución Alemana.

    La Constitución Alemana.
    La Constitución Alemana de Weimar, de 11 de Agosto de 1919, coloca al trabajo bajo la protección particular del Estado; garantiza la libertad de coalición para la defensa y mejoramiento de las condiciones de trabajo.
  • Ley Federal del Trabajo.

    Ley Federal del Trabajo.
    El 28 de Agosto se realiza la primera Ley Federal de Trabajo.En la misma se establecía que el Estado podía decidir qué sindicatos eran reconocidos, independientemente de la voluntad de los trabajadores, así como también tenía la potestad para decidir la procedencia o improcedencia de huelga.
  • Nueva legislación en Francia.

    Nueva legislación en Francia.
    En 1936, bajo el Gobierno de Frente Popular, Francia adoptó nueva legislación social que se inicia con la firma de un pacto entre las organizaciones más representativas de los trabajadores y patrones, en el que se proclama la colaboración de las clases sociales, se reconoce el libre ejercicio del derecho de asociación profesional, especialmente los problemas del salario, de la higiene y de la seguridad social de los centros de trabajo.
  • La Constitución de Italia.

    La Constitución de Italia.
    La Constitución de Italia en 1947 es igualmente importante, reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo y procura las condiciones que lo hagan posible, sindicato libre, derecho de huelga, contratación colectiva y crea consejo de administración de las empresas.
  • Ley Federal del Trabajo en la actualidad.

    Ley Federal del Trabajo en la actualidad.
    La primera ley de trabajo fue derogada el 1 de mayo de 1970, pero posteriormente se le realizaron una serie de modificaciones en la parte procesal, que permitieron ponerla nuevamente en vigencia hasta nuestros días. Desde finales de la década de los 80 se ha intentado modificar nuevamente dicha ley, pero hasta el momento esta intención no se ha podido llevar acabo por diferentes complicaciones.