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Contexto Normativo y Político de los Planes de Intervención Colectiva

  • Constitución política de Colombia. Artículo 49, Salud y saneamiento ambiental.

    Constitución política de Colombia. Artículo 49, Salud y saneamiento ambiental.
    Atención en Salud y Saneamiento Ambiental son servicios públicos a cargo del estado.
    Todos las personas tienen derecho a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
  • Ley 100 – 1993. Articulo 154 y 165.

    Ley 100 – 1993. Articulo 154 y 165.
    Art. 154 Intervención del estado en el Servicio Público de Seguridad Social en salud, con los siguientes objetivos: Garantizar seguimiento de los principios consagrados como: equidad, obligatoriedad, protección integral, etc.
    Art. 165 Plan de atención Básica como complemento al POS.
  • Plan de atención básica PAB

    Plan de atención básica PAB
    Decreto 806 de 1998. Se reglamenta la afiliación al régimen de seguridad social en salud y la prestación de beneficios del servicio público.
    Art. 4: Define el contenido del PAB el cual debe ser prestado por el estado.
  • Ley 715 de 2001. Articulo 46 Competencias en salud pública.

    Ley 715 de 2001. Articulo 46 Competencias en salud pública.
    Gestión en Salud Pública es función del estado, con participación de las entidades territoriales ejecutarán acciones promoción y prevención a la comunidad de su jurisdicción.
  • Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas.

    Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas.
    Mediante resolución ley 1122 de 2007, artículo 33 literal h, define que el plan de atención básica es reemplazado por el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas.
  • Reforma del Sistema General de Seguridad Social en Salud

    Reforma del Sistema General de Seguridad Social en Salud
    Ley 1438 de 2011. Artículo 6. El ministerio de la protección social elabora el plan decenal de salud.
  • Decreto ley 4107 de 2011 Política pública de Salud a cargo del Ministerio de Salud.

    Decreto ley 4107 de 2011 Política pública de Salud a cargo del Ministerio de Salud.
    La función de este ministerio es: formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la política en materia de salud pública y promoción social.
  • Plan descenal de Salud Pública 2012 – 2021

    Plan descenal de Salud Pública 2012 – 2021
    Por medio de la resolución 1841 de 2013 se adopta el plan descenal de salud pública para el período 2012-2021, como una estrategia de atención primaria en Salud, incluye la participación de las políticas sectoriales en pro de la mejora de la salud de la población.
  • Se crea una comisión inspectorial de Salud Pública.

    Se crea una comisión inspectorial de Salud Pública.
    Reglamenta la funcionalidad, integración, funciones y demás aspectos operativos, mediante decreto 859-2014.
  • Plan de Salud Pública de intervenciones colectivas PIC.

    Plan de Salud Pública de intervenciones colectivas PIC.
    Mediante resolución 518 de 2015, se definen directrices en términos de elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de PIC.
    Artículo 5: Define los procesos para la gestión de la salud pública, entre ellos están:
    Coordinación Intersectorial
    Desarrollo de Capacidades
    Gestión de aseguramiento
    Participación social
    Vigilancia en salud pública
  • Política de Atención Integral en Salud

    Política de Atención Integral en Salud
    El objetivo de esta política va dirigido hacia la mejora de las mejores condiciones de la salud de la población, mediante la regulación de la intervención de los integrantes sectoriales e intersectoriales.