U1A1. Origen y evolución del concepto de propiedad intelectual

  • Antecedentes legislativos

    Antecedentes legislativos
    Dictada por Carlos III , se considera la primera disposición española que contuvo los derechos intelectuales sobre obras literarias, destacando la sucesión sobre los derechos de autor, la autorización a un tercero para la reimpresión de una obra literaria,siempre y cuando el derecho del autor hubiere caído en el dominio publico por falta de renovación del mismo.
  • Constitucion de Apatzingan

    Constitucion de Apatzingan
    No se requiere permiso o censura alguna para la publicación de una obra.
  • El presidente Mariano Paredes y Arriaga ordenó a José Mariano de Salas promulgar el reglamento de la libertad de imprenta

    El presidente Mariano Paredes y Arriaga ordenó a José Mariano de Salas promulgar el reglamento de la libertad de imprenta
    Fue el primer ordenamiento legal mexicano en materia de derechos de autor, este reglamento se denominó propiedad literaria al derecho de autor y se dispuso como derecho vitalicio de los autores la publicación de sus obras, privilegio que se extendía a los herederos hasta por 30 años.
  • Código civil

    Código civil
    La propiedad literaria como la propiedad común su vigencia era perpetua y en tal sentido la obra podía enajenarse como se hacía en cualquier propiedad.
  • Código civil

    Código civil
    Destacó por representar el primer intento de reconocimiento de reserva de nuestros derechos en nuestro país y fue el primer ordenamiento que dirigió con precisión la diferencia existente entre la propiedad industrial y el derecho de autor ademas de considerar el derecho de autor como bienes inmuebles y hacer extensivo el registro al traductor y autor.
  • Constitución política

    Constitución política
    Señala que la manifestación de las ideas no seria motivo de ninguna inquisición judicial o administrativa, con la única limitante del respeto a la vida privada, a la moral y a la paz publica.
  • Código civil

    Código civil
    Reguló en su libro II título VIII en la materia autoral entre las cuales destacan:
    - 50 años de derecho exclusivo para los autores de libros científicos (art.1181)
    - 30 años para los autores de obras literarias, cartas geográficas y dibujos (art.1183)
    - 20 años para los autores de obras dramáticas y musicales (art.1185)
    - Protección de 3 días para las noticias (art.1184)
  • Código civil

    Código civil
    -Se introdujo la protección de las reservas de derechos.
    - Se mantuvo la diferencia entre la propiedad industrial e intelectual al modo que hizo el código civil de 1884.
  • Diario Oficial de la Federación

    Diario Oficial de la Federación
    La protección a los derechos de autor deben referirse necesariamente a una obra o creación.
  • Jaime Torres Bodet

    Jaime Torres Bodet
    Inicio una propuesta para transferir los derechos de autor al ámbito de competencia federal
  • La ley de 1956

    La ley de 1956
    Continuo el movimiento de perfeccionamiento de la legislación de la materia esta vez se define con precisión el derecho de los artistas intérpretes.
  • Publicaciones

    Publicaciones
    Fueron publicadas reformas y adiciones que establecieron conjuntamente los derechos morales y los derechos patrimoniales.
  • OMPI

    OMPI
    (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual)
    La organización internacional cuyo objetivo es velar por la protección de los derechos de los creadores y los titulares de propiedad intelectual a nivel mundial y, por consiguiente, contribuir a que se reconozca y se recompense el ingenio de los inventores, autores y artistas.
  • Derechos de autor

    Derechos de autor
    Se amplia el termino de protección de los derechos de autor a favor de sucesores, hasta 75 años después de la muerte del autor.
  • Ley Federal del Derecho de Autor

    Ley Federal del Derecho de Autor
    Surge la ley Federal del Derecho de Autor
  • Academia de la OMPI

    Academia de la OMPI
    Se crea la Academia de la OMPI para impartir cursos generales y especializados en materia de propiedad intelectual. Los cursos de la Academia siguen un enfoque interdisciplinario y están destinados a una amplia gama de profesionales.
  • Publicación en el Diario Oficial de la Federación

    Publicación en el Diario Oficial de la Federación
    Fue publicado un decreto en la que se hacen reformas a la Ley federal del derecho de autor mismas que tuvieron su origen en la cámara de senadores en las que destacan la jurisdicción concurrente, criterios para la preparación del daño moral y su precisión.
  • Se publica en el BOE la ley Sinde, que establece por primera vez medidas contra la piratería.

    Se publica en el BOE la ley Sinde, que establece por primera vez medidas contra la piratería.
    El Gobierno del PP aprueba el reglamento que desarrolla la ley Sinde, que contempla la creación de una comisión administrativa para perseguir la piratería. Se suprime el canon digital y se sustituye por una compensación fija a las entidades de gestión a través de los Presupuestos Generales del Estado.