20190423 113713

Linea de Tiempo MASC Karol Milena Hernández

  • 1964

    1964
    Creación de las fuerzas armadas revolucionarias de Colombia.(FARC)
  • 1991: Constitución política de Colombia

    1991: Constitución política de Colombia
    *Implementación de justicia comunitaria,el cual permite que los particulares administren justicia guiándose por la conciliación y la equidad.(Illera, García & Ramírez, 2012)*Desarrollo legal de la conciliación a partir de la ley 23 de 1991.(Illera, García & Ramírez, 2012)
    *Expedición jurídica de justicia de paz.(Illera, García & Ramírez, 2012)
    La conciliación es un mecanismo valioso ya que propone soluciones que brindan sentimientos de justicia, tranquilidad y satisfacción del conflicto resuelto
  • 1991

    A partir de la constitución de 1991 se reconocen algunas comunidades que tienen un sistema normativo propio del cual se rigen.
  • 1994

    Sentencia T-254 de 1994 en la que se estableció y configuro el pluralismo jurídico igualiario,que reconoce que las comunidades étnicas dis­tintas dentro de la so­ciedad tienen el derecho de desarrollar su propio sistema de instituciones y su derecho propio. (Botero,2009)
  • 1998. Colombia

    1998. Colombia
    *Expedición decreto 1818 denominado Estatuto de Mecanismos alternos, el cual es una justicia alternativa que responde a los elementos que definen la justicia comunitaria como la conciliación en equidad. (Illera, García & Ramírez, 2012) *Expedición ley 446 de 1998, que introdujo los principios de informalidad sobre los que se cimienta la conciliación en equidad. (Illera, García & Ramírez, 2012)
  • 1998: Internacionalmente:

    1998: Internacionalmente:
    *El 16 y el 17 de junio de 1998, Naciones Unidas convocó en Roma una conferencia internacional para la elaboración del estatuto para una corte penal internacional. (Werle, 2005 citado por Patiño & Ruiz, 2015)

    *El 17 de junio de 1998 se adoptó con 120 votos a favor, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional .(Werle, 2005, citado por Patiño & Ruiz, 2015)
  • 1998

    En Colombia los procesos de mediación y conciliación eran nuevos en los lugares que tocados por situaciones de constante guerra a lo largo de los últimos años.
  • 1999. Ley 497 de 1999:

    1999. Ley 497 de 1999:
    *Se reglamenta el procedimiento de justicia comunitaria. (Higuita, 2010)
    *Se sustenta la jurisdicción de paz (Illera, García & Ramírez, 2012)
    •El Proceso de Justicia y Paz siguió incumpliendo con las normas internacionales sobre el derecho a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.
  • 1999

    1999
    Fue asesinado el periodista Jaime Garzón por paramilitares y agentes del estado (Abad).
    Esta claro que en Colombia la justicia y la verdad no se toman en cuenta, pues el asesinato de este hombre lo demuestra, ya que fue asesinado por decir muchas veces la verdad de lo que pensaba.
  • 2000. Se pretende con las casas de justicia conforme el Decreto 1477 de 2000:

    2000. Se pretende con las casas de justicia conforme el Decreto 1477 de 2000:
    Artículo 2: Acercar la justicia al ciudadano orientándolo sobre sus derechos, previniendo el delito, luchando contra la impunidad, facilitando el uso de los servicios de justicia formal y promocionando la utilización de los MASC. (Illera, García & Ramírez, 2012)
    Artículo 3: Crear espacios de acción integral en materia de justicia comunitaria y no formal. (Illera, García & Ramírez, 2012)
    *Regimiento legal de la jurisdicción de paz el 11 de febrero de 2000. (Illera, García & Ramírez, 2012)
  • 2000

    2000
    *Entre Noviembre y Diciembre de 2000 Granada sufrió ataques de paramilitares y guerrilla, los cuales causan más de 40 muertes y cientos de desplazamientos por obstrucción de viviendas (Abad)
    Con esto podemos decir que a causa de muchos de estos enfrentamientos y ataques murieron de manera atroz muchos campesinos que no debían hacer parte de la absurda guerra vivida a causa de la posesión de tierras
  • 2001

    2001
    *Primera casa de justicia: “Barrio La Paz” (Illera, García & Ramírez, 2012)
    *Expedición Ley 640 de 2001, la cual organizó de manera sistemática todos los aspectos de la conciliación y estableció la conciliación como requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción ordinaria. (Silva, 2009)
  • 2003

    2003
    *Creación casa de Justicia Barrio Simón Bolívar. (Illera, García & Ramírez, 2012) *En Rio negro, a finales del 2003 se posesionaron 16 jueces, 12 de paz y 4 de reconsideración (Higuita, 2010)
    *Es importante resaltar que la creación de estas casas de justicia se hicieron para ayudar de una manera más cercana a la comunidad de la mano de conciliadores en equidad.
  • 2004

    2004
    *Primera convocatoria para conciliadores en equidad hecha por el tribunal superior del Distrito Judicial de Barranquilla cuando nombró a 42 líderes comunitarios (Illera, García & Ramírez, 2012)
  • 2004

    2004
    Los paramilitares en Portete, agredieron sexualmente a varias mujeres wayuu. (Abad) Este hecho demuestra el absurdo poder que querían tener los paramilitares sobre poblaciones más vulnerables debido a la poca atención que se les prestaba, lo que lograban con esto era romper de algún modo la base y fuerza de la estructura social que estas mujeres lideres tenían en su comunidad.
    Es un hecho muy atroz ya que bajo ninguna circunstancia se deben realizar actos como estos hacia la mujer
  • 2005

    2005
    *El 28 de Noviembre de 2005 mediante el acuerdo 2627, el Tribunal superior eligió a 47 conciliadores en equidad para la casa de justicia. (Illera, García & Ramírez, 2012)
    *Los jueces de paz iniciaron sus funciones (Illera, García & Ramírez, 2012)
    *Elecciones de jueces de paz y de reconsideración en el distrito (Illera, García & Ramírez, 2012)
    *En Marinilla, en junio del 2005 se posesionaron 16 jueces, 12 de paz y 4 de reconsideración. (Higuita, 2010)
  • 2005

    2005
    *Promulgación de la Ley 975 de 2005, que facilita los procesos de paz y reincorporación a la vida social de los individuos y grupos al margen de la ley, puso a la justicia restaurativa como mecanismo alternativo (Mazo, 2013)
    •En Colombia, la Ley 975 de Justicia y Paz de 2005 (República de Colombia, 2005) abrió la posibilidad de pensar la justicia restaurativa como mecanismo alternativo confiriéndoles un lugar diferente a las víctimas y a la reparación a la que estas tienen derecho. (Mazo,2013)
  • 2007

    2007
    *En Junio del 2007 se posesionaron 3 jueces de paz y 6 de reconsideración (Higuita, 2010)
  • 2008

    2008
    *Último proceso de selección de conciliadores en equidad realizado el 26 de junio de 2008. (Hernández, 2011 citado por Illera, García & Ramírez, 2012)
  • 2010

    2010
    *Promulgación ley 1395 de 2010, en la que se estipula la conciliación en equidad como requisito de procedibilidad para los asuntos susceptibles de conciliación en el área de familia y civil. (Illera, García & Ramírez, 2012)
  • 2014

    2014
    *Expedición artículo 3 del Decreto 1477 de 2014, en el que se resalta la función específica de propiciar la acción integral en materia de Justicia comunitaria y no formal de las casas de justicia. (Illera, García & Ramírez, 2012)
    Es importante resaltar que esto ayuda a fomentar cultura de convivencia y respeto de los derechos propios en cada una de las comunidades
  • 2016

    2016
    Se firmó el acuerdo final de paz el 26 de septiembre de 2016, su objetivo era el terminar el conflicto armado ocasionado por muchos años entre guerrilla y militares
    Desde mi punto de vista este acuerdo fue un tipo de conciliación que se realizó entre las partes involucradas para que hubiera un cese definitivo en la guerra, esto no se ha realizado del todo ya que en la conciliación se llega a un convenio en el que las dos partes tienen que cumplir con lo establecido y esto no ha ocurrido del todo
  • Referencias

    Referencias:

    Illera, Santos, M., & García Iragorri, A., & Ramírez Torrado, M. (2012). Justicia de paz y conciliación en equidad: ¿Formas alternativas de resolución de conflictos comunitarios en Barranquilla (Colombia)?. Revista de Derecho, julio, pp. [307-329] Universidad del Norte. Recuperado de: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=85123909012
  • Referencias

    Higuita, Olaya, G. A. (2010). Una visión cualitativa de la investigación socio jurídica: reflexiones metodológicas respecto a un proyecto de investigación sobre los Jueces de Paz del Oriente antioqueño Revista Virtual Universidad Católica del Norte, núm. 29, (febrero-mayo), pp. [1-16] Fundación Universitaria Católica del Norte. Recuperado de: http://www.redalyc.org:9081/articulo.oa?id=194214466006
  • Referencias:

    Mazo Alvarez, H. (2013). La mediación como herramienta de la justicia restaurativa. Revista Opinión Jurídica, Vol 12 Nº 23, pp. [99-114].Recuperado de: http://www.scielo.org.co/pdf/ojum/v12n23/v12n23a07.pdf
    Silva Mariño, P. (2009). Desarrollo de la Conciliación a partir de la constitución de 1991. Revista Panorama Nº 7, pp. [80-86].
    Recuperado de: https://journal.poligran.edu.co/index.php/panorama/article/viewFile/215/195
  • Referencias:

    Patiño, Mariaca, D. M., Ruiz, Gutiérrez, A. M. (2015). La justicia restaurativa: un modelo comunitarista de resolución de conflictos Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, vol. 45, núm. 122, pp. [213-255] Universidad Pontificia Bolivariana.
    Recuperado de http://www.redalyc.org:9081/articulo.oa?id=151440428010
    Sánchez Botero, E. (2009). La realización del pluralismo jurídico de tipo igualitario en Colombia. Nueva antropología, 22(71), 31-49.
  • Pregunta collaborate

    •¿Qué opinas de que cada uno de nosotros en nuestras comunidades tuviéramos nuestro propio sistema jurídico?
    Creo que todos como sociedad tenemos leyes que nos rigen de cierta manera, de ahí el orden para que esto se cumpla, si cada uno de nosotros tuviéramos un sistema jurídico que nos rige solamente a nosotros la convivencia con las demás comunidades se podría ver afectada, sería un poco desordenado respecto a que unos siguen unas leyes y otras personas siguen otras.
  • Pregunta collaborate

    •¿Qué opinas de que las comunidades étnicas distintas no necesiten de los órganos de estado para generar y co-construir sus propias normas?
    Me parece una forma diferente e interesante, pues ellos se entienden de esa manera y su convivencia y resolución de conflictos va más de la mano con lo que ellos piensan, por tanto todo se lleva de forma pacífica y justa. Respecto a la convivencia con nuestra sociedad podría verse de una manera diferente pues no tenemos la misma cultura y leyes.
  • Opinion

    Opinion
    Pienso que es muy importante tener en cuenta todas las fechas y sucesos ocurridos en Colombia para que se de el uso adecuado de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
    Desde ese punto de vista son estos los que nos ayudan a tener acuerdos mutuos y justos.
    En Colombia hubo un cambio cuando se realizaron los acuerdos de paz, pues se buscó mediar entre la guerrilla y las victimas de la guerra.
  • Opinion

    Opinion
    Desde el momento en el que se decidió hacer el acuerdo de paz se realizó el plebiscito para saber la opinión de las personas frente a esto, pude escuchar en testimonios de las personas victimas de la guerra que si querían firmarlo, pues decían que querían acabar con esta guerra sin sentido, querían de alguna manera minimizar las secuelas ocasionadas y dejar de vivirlo tan de cerca, las personas que no querían el acuerdo eran aquellas que no se vieron afectadas de ninguna manera con la guerra.
  • Pregunta collaborate

    • ¿Cómo solucionamos el hecho de que nos asesinen a alguien?
    Pienso que la reacción a un suceso de tal magnitud podría variar en cada persona, claramente se produce un conflicto que no puede ser solucionado tan fácilmente, el mejor camino es afrontarlo y tratar de buscar una manera positiva para apaciguar nuestro dolor posiblemente desde la conciliación.