Historia de las Constituciones en Mexico

  • Constitución de 1824

    Constitución de 1824
    nación fue un documento de carácter jurídico y político que tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país.
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    Las Siete Leyes Constitucionales de 1836

    Las Siete Leyes Constitucionales o Constitución de Régimen Centralista de 1836 es un conjunto de leyes de rango constitucional, promulgadas el 30 de diciembre de 1836 por el presidente interino de México, José Justo Corro. Las leyes le dieron forma a un régimen centralista, contrario al régimen federal establecido en la Constitución de 1824
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    La Constitución de 1843

    El Congreso volvió a abrir el debate en torno a la reforma de la Constitución. El proyecto fue muy combatido, e incluso Mariano Ospina Rodríguez llegó a decir que estaba elaborado “, el proyecto fue aprobada el 20 de abril de 1843 y así nació la cuarta Constitución que se expedía en el país en los escasos veinte años que ajustaba de existencia como Estado independiente y que mantuvo como nombre de la República el de Nueva Granada.
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    La Constitución de 1857

    La Constitución de 1857 fue creada a través de una serie de acontecimientos en la historia de México. Después de la guerra contra Estados Unidos fue difícil que un gobierno tuviera capacidad para unificar a los distintos grupos políticos del país. Antonio López de Santa Anna parecía la única figura que podía dirigir los destinos de un país en caos, así que en 1853 asumió de nuevo la presidencia.
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    Leyes de Reforma 1859-1860

    Las Leyes de Reforma fueron: La Ley Juárez (23 de noviembre de 1855), Ley Lerdo (25 de junio de 1856), Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos (12 de junio de 1859), Ley del Matrimonio Civil (23 de julio de 1859), Ley de Creación del Registro Civil (28 de agosto) y la Ley Sobre la Libertad de Cultos (4 de diciembre de 1860).
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    La Constitución de 1917

    Carranza entró de nuevo en la capital y convocó a un Congreso, que redactaría una nueva Constitución, del cual quedaron excluidos villistas, zapatetas y convencionistas. La mayoría de los diputados del Congreso Constituyente provino de sectores de la clase media civil y militar.
    El resultado fue una innovación respecto a las constituciones existentes en todo el mundo por el establecimiento de las “garantías sociales”, incorporadas en los artículos 27 y 123.