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Derecho a la protección de datos personales en México

  • Ley federal de acceso a la información pública gubernamental

    Ley federal de acceso a la información pública gubernamental
    Incluyo la previsión general respecto a la protección de datos en posesion del sector público
  • Ley federal de transparencia y acceso a la información pública Gubernamental

    Ley federal de transparencia y acceso a la información pública Gubernamental
    Primer instrumento normativo en materia de protección de datos. En este se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesion de los entes públicos.
  • Ley Federal de Transparencia

    Ley Federal de Transparencia
    Los fracciones II y III tienen la virtud de ser las primeras menciones constitucionales que hacen un reconocimiento del derecho a la protección de datos personales
  • Reconocimiento al derecho de datos personales

    Reconocimiento al derecho de datos personales
    Las fracciones II y III tienen la virtud de ser las primeras menciones constitucionales que hacen un reconocimiento del derecho a la protección de datos personales, dando continuidad a la labor iniciada por el legislador a través de la Ley Federal de Transparencia .
  • Ley para los entes públicos federales.

    Ley para los entes públicos federales.
    Dentro de las obligaciones derivadas de la Ley para los entes públicos federales se encuentran procurar que los datos sean exactos y actualizados, y reportar al órgano garante el listado actualizado de los sistemas de datos personales que posean por cualquier título. Dicho lo anterior, también es aplicable a los datos del sector público, los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados por el entonces IFAI.
  • Plan Nacional de Desarrollo

    Plan Nacional de Desarrollo
    Desde el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
  • Se aprueba el dictamen de referencia.

    Se aprueba el dictamen de referencia.
    El dictamen de referencia se aprobó por unanimidad y en la sesión del 25 de septiembre de 2007, el Senado recibió la minuta en cuestión, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos.
  • Aprobación del Decreto para modificar el Art. 6

    Se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales.
  • Period: to

    Plan Nacional de Desarrollo

    Que prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
  • Reforma del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Reforma del  artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • Reforma del artículo 73

    Reforma del artículo 73
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • Se aprueba el pre dictamen

    Se aprueba el pre dictamen
    Se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos constitucionales del Senado de la República, en la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implicó modificar el contenido del texto.
  • Reunión de la Comisión de Puntos constitucionales del Senado de la República

    en la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implicó modificar el contenido del texto.
  • La reforma al artículo 16 constitucional

    La reforma al artículo 16 constitucional
    Impacto en relación al tema, se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
  • Aprobación de la reforma al articulo 16

    Aprobación de la reforma al articulo 16
    El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes. La Cámara de Diputados recibió la minuta que turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales el 9 de diciembre de 2008.
  • Aprobación de la reforma al articulo 16

    Fueron dispensados los trámites correspondientes. Finalmente, se discutió y aprobó en lo general y en lo particular con 340 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin modificación alguna, turnándose a las legislaturas de los estados.
  • Reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales.

    Reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales.
    Con las que se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
  • Legislaturas locales aprueban reforma constitucional

    Legislaturas locales aprueban reforma constitucional
    Es hasta 2009 cuando la mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional propuesta por el Congreso Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de dicho año.
  • Declaración de aprobación del proyecto de decreto.

    Declaración de aprobación del proyecto de decreto.
    El Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2009
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

    Fue en 2010 cuando se emite la primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que como su nombre lo dice aplica para los datos que estén en poder de privados.
  • La Cámara de Senadores turna el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados.

    La Cámara de Senadores turna el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados.
    La Cámara de Senadores turnó el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados radicando su estudio y valoración en las Comisiones Unidas de Gobernación, Función Pública y Justicia.
  • Es aplicable la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares (LFPDPPP).

    Es aplicable la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares (LFPDPPP).
    Esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010 y su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
  • Lineamientos para la Protección de Datos Personales, publicados por el entonces IFAI

    Lineamientos   para la Protección de Datos Personales, publicados por el entonces IFAI
    Dentro de las obligaciones derivadas de la Ley para los entes públicos federales se encuentran procurar que los datos sean exactos y actualizados, y reportar al órgano garante el listado actualizado de los sistemas de datos personales que posean por cualquier título. Dicho lo anterior, también es aplicable a los datos del sector público