Contexto Nacional Normativo y Político de los Planes de Intervención Colectiva (PIC)

  • Constitución Política de Colombia de 1991

    Constitución Política de Colombia de 1991
    El artículo 49 de la Constitución de 1991 consagra el derecho a la salud y lo relaciona con el goce "de ciertos bienes y de ciertos servicios que le permiten a todo ser humano funcionar en la sociedad según sus especiales condiciones y calidades, bajo la lógica de la inclusión y de la posibilidad de desarrollar un papel activo en la sociedad”
    http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/constitucion-politica
    https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2008/t-760-08.htm
  • Ley 100 de 1993

    Ley 100 de 1993
    Faculta al Estado Colombiano para intervenir en el servicio público de Seguridad Social en Salud con la finalidad de garantizar la Atención Básica que trata el artículo 165. También garantiza los princiios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación que trata la Constitución de 1991 y los principios de consagra la misma Ley 100 en su artículo 153, como equidad, prevalencia de derechos, calidad, progresividad, corresponsabilidad, sostenibilidad, entre otros.
  • Resolución 4288 de 1996

    Resolución 4288 de 1996
    Define el Plan de Atención Básica que la Ley 100 de 1993 estableció en el artículo 165. Se dirige a la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en salud pública y control de factores de riesgo dirigidos a la colectividad. Se funda en los principios constitucionales desarrollados en la Ley 100 de 1993.
  • Decreto 806 de 1998

    Decreto 806 de 1998
    En Desarrollo del artículo 159 de la Ley 100 de 1993, este Decreto garantiza a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud la debida organización y prestación del servicio público de salud. Tiene entre sus propósitos el de mantener o recuperar la salud del afiliado y evitar el menoscabo de su capacidad económica derivada de incapacidad temporal por enfermedad general y maternidad.
  • Ley 715 de 2001

    Ley 715 de 2001
    Esta norma dicta disposiciones para organizar, entre otros, la prestación del servicio a la salud. En su artículo 42 define las competencia de la Nación en el sector salud. Igualmente el artículo 43 define lo propio para las entidades territoriales en el ámbito departamental y en el municipal en el artículo 44. En el Capítulo 3 define la distribución de recursos para la salud del Sistema General en Participaciones y en el Capítulo 4 la organización de las redes prestadoras del servicio de salud
  • Ley 1122 de 2007

    Ley 1122 de 2007
    Según (Restrepo, 2007) "En sus 45 artículos solamente se hace explícita la modificación de dos artículos de la Ley 100, el 204 y el 214, referidos al financiamiento." Vale resaltar que el Decreto 2560 de 2012 suprime la Comisión de Regulación en Salud (CRES), se ordena su liquidación y se trasladan unas funciones al Ministerio de Salud y Protección Social. Además, el literal h) del artículo 33 reemplaza el PAB por el Plan de salud pública de intervenciones colectivas.
  • Resolución 0425 de 2008

    Resolución 0425 de 2008
    Desde el Título IV define el PIC como el conjunto de intervensiones, procedimientos y actividades a cargo del Estado dirigidas a promover la salud y la calidad de vida para alcanzar las metas prioritarias en salud definidas por el Plan Nacional de Salud Pública. Acciones que son complementarias al POS y ejecutadas conforme los lineamientos de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Protección Social, tales como la promoción de la salud y prevensión de sus riesgos.
  • Ley 1438 de 2011

    Ley 1438 de 2011
    Esta Ley reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Crea el Plan Decenal para la salud pública. Pretende el fortalecimiento del SGSSS. Expone un gran cambio entre los principios implementados con la ley 100 de 1993, entre otros se el principio de equidad, principio de obligatoriedad, de universalidad, de autonomía de las instituciones.
  • Decreto 4107 de 2011

    Decreto 4107 de 2011
    Teniendo en cuenta que el artículo 9o de la Ley 1444 creó el Ministerio de Salud y Protección Social, el Decreto 4107 define sus objetivos y funciones, la estructura y las funciones de sus dependencias y finalmente sus organos de asesoría y coordinación
  • Resolución 1841 de 2013

    Resolución 1841 de 2013
    El Ministerio de la Salud y Protección Social adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 y conmina a los demás actores del sector salud a que concurran al desarrollo y cumplimiento de los objetivos, estrategias, metas y demás aspectos señalados en el mencionado Plan. Se indican las resopnsabilidades de las entidades territoriales y la metodología para la ejecución y evaluación del plan. Esto con miras al logro de una política pública de largo plazo.
  • Decreto 859 de 2014

    Decreto 859 de 2014
    Con este Decreto el Ministerio de Salud y Protección Social pretendió coordinar los diferentes sectores responsables de la ejecución del PDSP. Para ello crea la Comisión Intersectorial de Salud Pública como un ente autónomo para regular su estructura interna y lo faculta para dictar lineamientos y adoptar un plan de trabajo para que dichos sectores actúen en pro de la salud, inclusive está facultada para el seguimiento y evaluación de las metas propuestas por el plan decenal
  • Reslución 518 de 2015

    Reslución 518 de 2015
    El Ministerio de Salud y Seguridad Social establece lineamientos para la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Intervenciones Colectivas (PIC). Por otro lado, el artículo 8 resalta que el PIC Es un plan complementario al POS dirigido a impactar positivamente los determinantes sociales de la salud e incidir en los resultados en salud, a través de la ejecución de intervenciones colectivas o individuales de alta externalidad en salud.
  • Resolución 1536 de 2015

    Resolución 1536 de 2015
    Procurando que los Plantes de Desarrollo Territorial fueran consistenes con el PDSP se establecen disposiciones que permitieran una planeación integral de parte de las entidades territoriales. Para ello las diferentes autoridades territoriales deberán teenr en cuenta los insumos estratégicos, operativos y financieros enunciados por la Resolución.
  • Resolución 429 de 2016

    Resolución 429 de 2016
    Se adopta la la Política de Atención Integral en Salud. Esta política cuenta con un marco estratégico y un marco operacional, que corresponde al Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS). Su objetivo es generar mejores condiciones de la salud mediante la regulación de las condiciones de intervención de los agentes hacia el acceso a los servicios de salud.
  • Resolución 3202 de 2016

    Resolución 3202 de 2016
    Por la cual se adopta el Manual Metodológico para la elaboración e implementación de las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS), se adopta un grupo de Rutas Integrales de Atención en Salud desarrolladas por el Ministerio de Salud y Protección Social dentro de la Política de Atención Integral en Salud (PAIS) y se dictan otras disposiciones.
  • Resolución 5857 de 2018

    Resolución 5857 de 2018
    Se actualiza el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Tel artículo 16 establece que las Entidades Promotoras de Salud o las entidades que hagan sus veces, deberán identificar los riesgos en salud de su población de afiliados para que, de conformidad con la estrategia de Atención Primaria en Salud (APS), la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), el Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS) y las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS)