Derechomercantil

Antecedentes del Derecho Procesal Mercantil

  • Ordenanzas de Bilbao

    Ordenanzas de Bilbao
    En México, después de la independencia los juicios mercantiles se llevaron acabo por las Ordenanzas de Bilbao que estuvieron vigentes hasta 1854
  • Código Lares

    Código Lares
    De poca vigencia reguló lo relativo a la adiministración de justicia respecto a los negocios de comercio, teniendo influencia de las Ordenanzas de Bilbao
  • Retoman Ordenanzas de Bilbao

    Retoman Ordenanzas de Bilbao
    Pone fin al código de Lares, resolucion de juicios mercantiles unicamente respecto a juicios de quiebra, siendo omiso, en los demas juicios mercantlies que continuaron en su aplicacion conforme a los códigos procesales civiles locales.
  • Actual código de comercio

    Actual código de comercio
    Similar al código de procedimientos civiles para el Distrito Federal, se regulan los juicios mercantiles y continuan en mano de los ordamientos locales procesales la suplencia.
  • Reformas al código de comercio

    Se llevan a cabo diversas reformas para adecuarlo a las circunstancias mercantiles que prevalecían en esa época.
  • Continuan las reformas al código de comercio

    Se pretende hacer una regulación más exacta y detallada de los actos procesales pero continua en manos de las autoridades locales lo relativo a la supletoriedad.
  • Competencia entre autoridades

    Competencia entre autoridades
    El código federal de procedimientos civiles determina el regimen de supletoriedad de los códigos procesales civiles locales al código federal mencionado, precisando lo siguiente: "A los creditos contratados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del mismo, ni aun tratandose de novación o reestructuración de creditos" retrasando la aplicación del procedimiento a los juicios en tramtite.
    Reforma que trató de no afectar a los involucrados en la crisis financiera de fines de 1994.
  • Continuan las reformas del Código de comercio

    Continuan las reformas del Código de comercio
    Estas reformas no contemplan, nuevamente, los procesos que se llevaron a cabo con motivo de creditos contratados antes de la misma reforma.
    La deficiencia de la suplencia de una ley federal a una ley local continua estando sin resolver.
  • Reformas al Art. 1054

    Reformas al Art. 1054
    Este articulo aun con las reformas determina como supletoria a la ley del procedimiento local una vez que se haya aplicado el código federal de procedimientos civiles, sin determinar en que momento se agota las disposiciones del código federal para llegar a la autoridad local.